NON POSSUMUS
El contexto es el siguiente: esta Declaración
aparece el 15 de abril, luego de la carta del cardenal Levada del 16 de marzo,
en respuesta a nuestra carta del 12 de enero. En su respuesta, el cardenal
Levada expresa el rechazo por parte de las autoridades romanas de nuestra
proposición de reemplazar su Preámbulo doctrinal por la
Profesión de fe tridentina acompañada con la adhesión aPastor aeternus y
al n° 25 de Lumen gentium comprendido a la luz del Magisterio
preconciliar (“según el juramento anti-modernista”). El cardenal Levada añadió
que nuestro rechazo del Preámbulo doctrinal aprobado por
Benedicto XVI equivalía a una ruptura de la comunión con el Pontífice romano,
lo que provoca sanciones canónicas incurridas por el cisma.
Desde el principio, lo que nos guía en nuestras
relaciones con Roma, es el principio de la fe: sin la fe es imposible agradar a
Dios (cf. Hebreos, 11,15). No podemos aceptar que se nos arrebate, ni siquiera
que se nos debilite nuestra fe recibida en el bautismo. Si nosotros queremos
permanecer católicos, este es el principio al cual debemos sujetarnos y sobre
el cual nosotros basamos toda nuestra acción. Poner en la balanza este
principio para obtener cualquier ventaja práctica, incluso un reconocimiento
canónico, siempre ha estado excluido.
Evidentemente, algunos no prestaron atención al
hecho que yo siempre expresé que un acuerdo práctico jamás hubiera tenido lugar
si las condiciones sine qua nonemitidas por nosotros varias veces,
tanto en las diferentes tomas de posición como en la segunda respuesta a la
Congregación para la Doctrina de la Fe (12 de enero de 2011), que retomaba las
mismas palabras de Monseñor Lefebvre, no fueran realizadas. Y que, incluso si
el documento de abril hubiera sido aceptado, esto no hubiera sido suficiente
para la conclusión de una normalización canónica. Uno de los puntos capitales
de estas condiciones sine que non fue y sigue siendo el libre
ataque y la denuncia de los errores en la Iglesia, comprendiéndose aquellos que
provienen del Concilio.
En el momento de entregarnos la carta del 16 de
marzo, el cardenal Levada nos hizo comprender que las autoridades romanas
pensaban que la Fraternidad rechazaba completamente el magisterio de todos los
papas, así como todos los actos del magisterio, desde 1962. Porque según él, no
le otorgábamos ningún valor a estos actos en los hechos, a pesar de todo lo que
pudiéramos decir. Esta acusación es falsa y es importante refutarla, ya que así
como aceptamos ser injustamente condenados por nuestra fidelidad a la tradición
bimilenaria, no aceptamos ser acusados de una ruptura con Roma, lo que nuestro
fundador siempre rechazó. Esta es la línea de cresta que nos fijó, por encima
de la tentación de una adhesión a los errores conciliares (lo que nosotros
descartamos en la carta del 12 de enero, y de la que no se libró el cardenal
Levada), pero también por encima de la tentación sedevacantista (que fue lo que
intentamos hacer en esta declaración doctrinal).
Este
contexto muestra que la declaración doctrinal no pretendió ser la expresión
exhaustiva de nuestro pensamiento sobre el Concilio y el magisterio actual.
Ella no sustituye nuestra posición doctrinal, tal como fue expuesta durante los
dos años de conversaciones doctrinales, quería solamente complementarla en un punto
en particular: la acusación de cisma. Es por esto que esta declaración se
esforzó en dar ejemplos de nuestra sumisión a la autoridad magisterial en sí
(in se), pero manteniendo nuestra posición a muchos de los actos planteados por
ella actualmente (hic et nunc). Para mostrar nuestro reconocimiento de
la autoridad romana, concerniente a las reformas conciliares, hemos retomado
varios puntos del texto de Monseñor Lefebvre, en 1988, porque no quisimos
retomar los del “preámbulo doctrinal” del cual rechazamos el contenido en
nuestra respuesta del 12 de enero, como el cardenal Levada lo reconoció en su
carta del 16 de marzo.
Nuestra posición es ciertamente delicada, ya que
no queremos ser ni heréticos, ni cismáticos, por lo que propusimos un texto
dividido en dos partes, la primera enunciando los principios generales y
condicionando total y absolutamente la segunda parte que abordó los puntos
particulares del concilio Vaticano II y de las principales reformas que
salieron de él. Para impedir cualquier ambigüedad en esta segunda parte
–ambigüedad que ya habíamos denunciado en nuestra respuesta del 12 de enero de
2012 (ver Cor Unum 103 pág. 52 y siguientes), - parecía suficiente
recordar fuertemente que el magisterio no puede de manera alguna apoyarse sobre
sí mismo o sobre la asistencia del Espíritu Santo para poder enseñar una
novedad contraria al magisterio constante de la Iglesia.
Estando excluida la posibilidad de la novedad o
de la contradicción con la enseñanza anterior, por lo mismo toda ambigüedad
quedó descartada en cuanto a nuestro juicio sobre el Concilio, comprendiendo la
famosa “hermenéutica de la reforma en la continuidad”, inaceptable. En
retrospectiva, constatamos que nuestro pensamiento no fue comprendido en este
sentido por varios miembros eminentes de la Fraternidad, quienes vieron una
ambigüedad, una adhesión a la tesis de la hermenéutica de la continuidad, que
nosotros siempre hemos rechazado.
Por su parte, las
autoridades romanas no vieron en esta declaración una adhesión a la hermenéutica
de la continuidad. Es por eso que, después de haber establecido en un documento
de trabajo una tabla comparativa precisa de las divergencias entre su Preámbulo del
14 de septiembre de 2011 y nuestra declaración del 15 de abril de 2012, ellas
desplazaron y modificaron el sentido de los añadidos que nosotros habíamos
aportado y que juzgamos indispensables, luego ellas añadieron pasajes que
nosotros suprimimos y que juzgamos inaceptables. Este es el texto que nosotros
enviamos el 13 de junio de 2012.
Podemos notar así, entre lo que fue desplazado y
modificado: en el n° III-6, en donde nosotros reconocemos la validez del NOM en
sí y la legitimidad o legalidad de la promulgación (como Monseñor Lefebvre en
1988), encontramos en el texto del 13 de junio el reconocimiento de la validez
y de la licitud del NOM y de los sacramentos desde Paulo VI y Juan Pablo II.
Entre lo que ha sido añadido, se notarán
múltiples referencias tanto al nuevo catecismo como a la hermenéutica de la
continuidad; así en el N° III-5, lo que nosotros escribimos de la libertad
religiosa: “cuya formulación es difícilmente
conciliable con las afirmaciones doctrinales precedentes del Magisterio” se convierte en: “cuya formulación
podría parecer a algunos difícilmente conciliable…”. En el mismo número
III-5, la explicación teológica de las expresiones del Concilio que no parecen
conciliables con el Magisterio anterior de la Iglesia se convierte en una
explicación “notablemente para ayudar a comprender su continuidad con el
Magisterio anterior de la Iglesia”, excluyendo así toda crítica.
Después de haber enviado a Roma los textos del
Capítulo general de julio pasado, conocí a Monseñor Di Noia el 28 de agosto de
2012, y le informé que yo retiré nuestra proposición del mes de abril, la cual
en lo sucesivo ya no podía servir como base de trabajo. Queda el Preámbulo
doctrinal del 14 de septiembre de 2011 retomado en sustancia el 13 de
junio de 2012, y nuestra doble respuesta: las cartas del 30 de noviembre de
2011 y la del 12 de enero de 2012 por una parte; la declaración del capítulo
del 14 de julio de 2012 con las condiciones requeridas antes de todo
reconocimiento canónico por la otra parte.
+ Bernard Fellay