Nota sobre el Jubileo
extraordinario de la Misericordia
y la participación de la
Fraternidad Sacerdotal San Pío X
Status
Quaestionis
1. El 14 de marzo de 2015, el papa Francisco
anunció en la basílica de San Pedro, su decisión de convocar a un Jubileo extraordinario
que sería un Año santo de la misericordia, teniendo como divisa las palabras de
Cristo: “Sed misericordiosos como vuestro Padre celestial es misericordioso”
(Luc. 6, 36). Este Año santo se desarrollará del martes 8 de diciembre de 2015,
fiesta de la Inmaculada Concepción, al domingo 20 de noviembre de 2016, fiesta
de Cristo Rey del universo en el calendario moderno. La Puerta santa de la
catedral de Roma, así como todas las Puertas santas –llamadas para la ocasión
“Puertas de la misericordia” – de las basílicas romanas, y también de las
catedrales de las diócesis y de los principales santuarios del mundo católico,
serán abiertas el domingo 20 de diciembre de 2015, 3er domingo de Adviento o
de Gaudete[1].
Para obtener la indulgencia jubilar son requeridas las disposiciones
habituales: confesión, comunión, recitación del Credo y
oración por las intenciones del Soberano Pontífice (como el Pater o
la oración del jubileo[2]).
El 11 de abril de 2015, el papa Francisco
firmó la Bula de convocatoria del Jubileo en la cual precisa haber escogido la
fecha del 8 de diciembre de 2015 para la apertura de la Puerta santa en San
Pedro, en razón del quincuagésimo aniversario del concilio Vaticano II, donde
la Iglesia -según el deseo de Juan XXIII- renunció a las armas de la severidad
para recurrir a las de la misericordia. Desde entonces, se plantea la cuestión
de la actitud a adoptar respecto a este Año santo extraordinario.
¿Qué es un Jubileo?
2. En la Iglesia católica, un jubileo
es un tiempo de gracia. El término tiene un origen bíblico y designa
el sonido de la trompeta que inauguraba, cada cincuenta años, el día de las
Expiaciones y la liberación de los habitantes del país. Las deudas eran
perdonadas, los esclavos liberados, cada uno reentraba en posesión de su
patrimonio, recuperando terrenos y casas (cf Lev 25, 8-17)[3]. Con
la venida de Nuestro Señor, estas consideraciones terrestres cedieron el paso a
la adquisición de los verdaderos bienes, los del Cielo.
Es así que, en el curso del jubileo, la
Iglesia acuerda la indulgencia plenaria que consiste en el
perdón, delante de Dios, de la pena temporal debida a los pecados ya perdonados[4]. Es
un acto de la autoridad eclesiástica que extrae del tesoro de la Iglesia estas
gracias particulares, aplicables a las almas de los vivos por modo de
absolución y a las de los difuntos por modo de sufragio (canon 911). La Iglesia
pide a todos de tomar mucho en cuenta (“omnes magni faciant indulgentias”)
esta dispensación del tesoro de la Iglesia habiendo sido otorgada por Cristo al
Pontífice romano (c. 912).
Además de buscar la remisión de las penas
debidas a los pecados y enmendar la vida, el jubileo “debe hacer progresar en
las virtudes y la unión con Dios” y “las oraciones a recitar en las basílicas
deben hacerse por las intenciones del Soberano Pontífice”[5].
3. La razón teológica por la
cual la Iglesia pide poner tanta atención a este acto de la autoridad suprema,
es expuesto también por Santo Tomás de Aquino: “Las indulgencias valen, ya ante
el tribunal de la Iglesia ya ante el juicio de Dios, para la remisión de la
pena que queda después de la contrición, y confesión y absolución; sea que esta
pena esté impuesta o no. La razón está en la unidad del cuerpo místico en
la cual hay muchos individuos han sobrepasado, con obras de penitencia, la
medida de sus propias deudas, y sufrieron pacientemente muchas injustas
tribulaciones, por las que hubieran podido expiar una multitud de penas; de
modo que la abundancia de sus méritos es tan grande, que excede la pena debida
por todos los que ahora viven; y principalmente por los méritos de
Cristo, los cuales aunque obran en los sacramentos, no limitan, sin
embargo, su eficacia a ellos, sino que su infinitud excede la eficacia de sus
sacramentos”[6].
El papa, al acordar la
indulgencia plenaria del jubileo, distribuye los méritos de Cristo que son
comunes a toda la Iglesia: “Las cosas que son comunes a una multitud,
son distribuidas a cada uno de sus miembros según la voluntad de aquél que es
el jefe de ella[7]”. Él
cumple un acto importante ligado necesariamente a la redención de Nuestro
Señor, la cual dispensa los méritos infinitos. Un jubileo es de esta manera, y
siempre, una conmemoración de la redención, lo que está significado por la
apertura de la Puerta Santa[8].
El Enchiridion Indulgentiarum es formal: el fiel bien
dispuesto obtiene la indulgencia “por la intervención de la Iglesia, la
cual, como ministro de la redención, con autoridad distribuye y
aplica el tesoro de la reparación de Cristo y de los santos”[9].
Como lo explica el Diccionario de
Teología Católica, “el fundamento teológico de la práctica
indulgencial es el dogma de la comunión de los santos: los méritos
del Jefe y de los miembros de la Iglesia toda entera forman un solo y mismo
tesoro donde, en virtud del poder de las llaves, el papa y los obispos extraen
de cierta manera con qué suplir a lo que ellos remiten de la satisfacción
individual. La acción de la autoridad eclesiástica, directa y por forma de
absolución cuando se trata de indulgencias para los vivos, no puede ser más que
indirecta y por modo de sufragio o de intercesión cuando se trata de las
indulgencias en favor de las almas del purgatorio: ni el papa, ni los obispos
tienen jurisdicción fuera de este mundo”[10].
4. Históricamente, la primera indulgencia
plenaria llamada de jubileo, a ganar cada cien años, fue instituida en Navidad
de 1300 por Bonifacio VIII. Este plazo “fue acortado a cincuenta años por
Clemente VI en 1343, luego a treinta y tres años por Urbano VI en 1389”[11].
Finalmente, “Paulo II (Ineffabilis providentia, 19 de abril de 1470)
fijó la periodicidad de los años santos a 25 años; Sixto IV declaró por lo
tanto un Jubileo en 1475; este plazo permaneció en vigor, sin perjuicio de los
jubileos extraordinarios (…). Progresivamente, el sentido del jubileo se
desplazó de la simple indulgencia “plenísima” a una intención más amplia y más
positiva: la renovación espiritual en el amor de Dios, la fidelidad al
Evangelio, y por ello el progreso de la sociedad humana en la justicia y la
caridad (Pio XII, bulaJubiloeum máximum, 26 de mayo 1949, en D.C.
t. 47, 1950, pág. 3-6)[12]”
“Principalmente, la constitución
apostólica Per annum sacrum (25 de diciembre 1950) proclamó el
carácter universal de la indulgencia jubilar, prolongada hasta el 31 de
diciembre de 1951. Ya no fue indispensable efectuar el viaje a Roma, los
ordinarios estaban autorizados a designar en cada ciudad episcopal, para las
visitas prescritas, la iglesia catedral y otras tres iglesias u oratorios en
los cuales el culto se celebre regularmente. Paulo VI, después de
ser interrogado sobre la utilidad del Año santo para la Iglesia
contemporánea, inscribió el año 1975 en la línea del concilio Vaticano
II (décimo aniversario de la clausura de los trabajos) haciendo acentuar
la metanoia, conversión interior del hombre con esta ocasión,
manteniendo la declaración de indulgencia. Él instituyó un Comité central para
el Año santo (10 de mayo de 1973), presidido por el cardenal Maximilien de
Fürstenberg, encargado de la organización del Jubileo y que propuso una oración
común a todos los cristianos, puesta bajo el signo de la reconciliación”[13].
En resumen, “el jubileo o Año santo, es
una indulgencia plenaria que, por el cumplimiento de ciertas prácticas
fijadas por la autoridad pontificia, asegura a los fieles en estado de gracia
la remisión total de las penas debidas a los pecados, en virtud de la
reversibilidad de los méritos o comunión de los santos. Entre el
jubileo y la indulgencia plenaria no hay otra diferencia que una mayor
solemnidad del acto (lectura de la bula de convocatoria por el papa; siguiendo
la apertura de la Puerta santa), comprometiendo el poder de las llaves en su
plenitud y volviendo la indulgencia más cierta en sus efectos”[14]. De
esta forma, la esencia del Jubileo es el de ser una indulgencia plenaria
solemne acordada por el papa en ciertas ocasiones, y consiste “no solamente en
la remisión de las penas debidas por los pecados, sino también en la
santificación personal”[15].
El jubileo del papa
Francisco
6. El Año santo convocado por el papa Francisco
es un jubileo extraordinario pues no corresponde a la periodicidad de los 25
años. La historia de la Iglesia atestigua la existencia de decenas de jubileos
extraordinarios desde 1518. Los papas lo convocaban tanto para conmemorar los
aniversarios de coronación o de ordenación como para conjurar los males más
diversos: peligros de peste y de guerra, atentados de los Estados modernos
contra la Iglesia. Por ejemplo, el papa Leon XIII convocó a un jubileo
extraordinario de tres meses al principio de su pontificado[16],
luego otro del 19 de marzo al 31 de diciembre de 1881[17], un
tercero para el año de 1886[18]. Su
predecesor convocó a cuatro[19], y
su sucesor, san Pio X, organizó dos jubileos extraordinarios, uno de tres meses
y medio por los cincuenta años de la definición del dogma de la Inmaculada
Concepción[20],
el otro de ocho meses para conmemorar la paz de Constantino[21].
7. La ocasión de la apertura de la Puerta
santa es el quincuagésimo aniversario de la clausura del concilio
Vaticano II, el 8 de diciembre de 1965. Es la elección de esta fecha
para iniciar el Año jubilar lo que constituye una dificultad. Pero esta
circunstancia no afecta la esencia del jubileo cuyo acto, ordenado a su objeto,
sigue siendo la indulgencia plenaria y la santificación del pueblo fiel. Para
que esta ocasión o circunstancia afecte el jubileo y lo desnaturalice, sería
necesario que ésta se convierta en el objeto o el fin específico[22]. Sin embargo, las condiciones para la
obtención de la indulgencia tal y como fueron enunciadas son tradicionales
(oración, confesión y comunión, visita de una iglesia jubilar). En la carta de
convocatoria que él le dirigió a Mons. Fisichella el 1º de septiembre 2015, el
papa expresa su voluntad de que “la celebración del Año santo sea un
auténtico momento de encuentro con la misericordia de Dios para todos los
creyentes. Es mi deseo, en efecto, que el Jubileo sea experiencia viva de la
cercanía del Padre, como si se quisiese tocar con la mano su ternura, para que
se fortalezca la fe de cada creyente y, así, el testimonio sea cada vez más
eficaz. En la bula de convocatoria Misericordiae vultus, la
finalidad de este Año santo es idéntica: celebrar la misericordia del Padre
cuyo rostro es Jesucristo (n° 1), “ser misericordiosos con los otros como el
Padre lo es con nosotros” (n° 13), “permitir a los numerosos hijos alejados,
reencontrar el camino de la casa paterna” (n° 18), favorecer la oración
personal (n° 14), la confesión (n° 17 y 18) y las obras de misericordia
corporales y espirituales (n° 15), etc.
La naturaleza del jubileo no cambia porque
ella esté manchada de referencias a los textos, al espíritu o a las reformas
del Vaticano II (cf. elección de la fecha de apertura en el n° 4 y estrofas
ecumenistas en el n° 23), salvo que se sostenga que todo acto del papa se
vuelve por el mismo hecho ilegítimo. Pero entonces es fácil manifestar que los
precedentes jubileos lo eran igualmente, sin que la Fraternidad no se haya abstenido
de participar en ellos. Fue suficiente tomar sus distancias respecto a las
ceremonias de aniversario del Vaticano II, en las cuales no podemos tomar
parte.
8. En 1975, Paulo VI se preguntaba
sobre la oportunidad de convocar tal manifestación en nuestra época. Pero
finalmente vinculó el Año santo a la renovación deseada por el Concilio
terminado diez años antes: “La celebración del Año santo puede vincularse de
manera coherente a la línea espiritual del mismo Concilio, a la cual Nos
queremos dar fielmente la continuación que conviene…”[23]. En la bula de convocatoria Apostolorum
limina (23 de mayo de 1974), señaló que, “diez años después del
final del concilio ecuménico Vaticano II, el Año santo Nos parece que debe
marcar de cierta manera la terminación de un tiempo consagrado a la reflexión y
a la reforma, e inaugurar una nueva fase de construcción, gracias a un trabajo
teológico, espiritual y pastoral (…) Así, en el curso del Año santo, progresos
reales podrán ser llevados a cabo en la renovación eclesial y en la persecución
de objetivos que, según el espíritu prospectivo del concilio Vaticano
II, Nos tenemos particularmente en el corazón…” “Mientras que, desde
hace más de diez años, gracias al concilio Vaticano II, una obra
importante y saludable de renovación ha sido emprendida en el ministerio
pastoral, el ejercicio de la penitencia y la liturgia, Nos estimamos
muy oportuno que esta obra sea revisada y reciba más desarrollo (…); se seguirá
su aplicación con mayor celo”. Entre los métodos a emprender, Paulo VI
recordaba la fuerza del “movimiento ecuménico, al cual la Iglesia
católica da tanto como puede su adhesión[24]”. Este décimo aniversario del Concilio
no impidió a Mons. Lefebvre y el seminario de Ecône de ir a la gran
peregrinación organizada en Roma ese año, el 24 y 25 de mayo de 1975.
9. El jubileo del año 2000 fue
la ocasión de arrepentimientos indignos, de discursos de espíritu masónico, de
ceremonias interreligiosas, etc.; y no se podía sostener que el papa Juan Pablo
II tuviera una clara y ortodoxa explicación del misterio de la Encarnación de
Cristo; él, que elaboró una teología modernista de la redención universal a
partir de Gaudium et Spes 22.2. Nadie sostuvo que no se debía
participar en este jubileo a causa de una falsa concepción de la Encarnación
que el papa favorecía[25]. Es lo mismo en cuanto a las debilidades
de la doctrina de la misericordia actualmente invocada. Además, la bula de
convocatoria del jubileo del año 2000 ponía éste decididamente en fidelidad al
concilio Vaticano II: la entrada en el nuevo milenio alienta a la comunidad
cristiana a extender su mirada de fe hacia nuevos horizontes en el anuncio del
Reino de Dios. Es obligado, en esta circunstancia especial, volver con
una renovada fidelidad a las enseñanzas del Concilio Vaticano II, que ha
dado nueva luz a la tarea misionera de la Iglesia ante las
exigencias actuales de la evangelización. En el Concilio la Iglesia ha tomado
conciencia más viva de su propio misterio y de la misión apostólica que le
encomendó el Señor. Esta conciencia compromete a la comunidad de los creyentes
a vivir en el mundo sabiendo que han de ser «fermento y el alma de la sociedad
humana, que debe ser renovada en Cristo y transformada en familia de Dios ».(Gaudium
et Spes n° 40) Para corresponder eficazmente a este compromiso debe
permanecer unida y crecer en su vida de comunión ( Cf. Cart. ap. Tertio
millennio adveniente, 10 de noviembre de 1994, n° 36). El inminente
acontecimiento jubilar es un fuerte estímulo en este sentido”[26].
10. Por el contrario, es evidente que este
aniversario de los 50 años del Concilio no puede ser un motivo de alegrías,
puesto que nosotros denunciamos y continuamos denunciando los errores y el
carácter nocivo de las reformas emprendidas en la Iglesia desde el Vaticano II
(ecumenismo, libertad religiosa, reforma litúrgica…). Es la razón por la
cual, si podemos aprovechar del jubileo extraordinario del papa
Francisco para ganar la indulgencia y santificarnos en tanto que católicos
romanos, no podemos participar en las ceremonias oficiales que, de
todas maneras, se organizarán en torno a la nueva misa. Como en 1975. Como en
el 2000.
Nuestra conducta
11. En la Carta a los Amigos y Benefactores del
24 de mayo de 2015, el Superior general de la Fraternidad San Pio X indicó
claramente los pasos a seguir:
“¡Cuando las compuertas de la gracia se abren,
hay que recibirla en abundancia! Un año Santo es una gran gracia para todos los
miembros de la Iglesia. Vivamos, pues, de la verdadera misericordia, como nos
lo enseñan todas las páginas del Evangelio y de la liturgia tradicional. En
conformidad con el “discernimiento previo”[27] sobre el cual Mons. Lefebvre fundó
el proceder de la Fraternidad San Pío X, en estos tiempos de confusión,
rechacemos una misericordia truncada y vivamos plenamente de la misericordia
cabal”.
“Tomémonos en serio este llamado a la
misericordia, pero ¡igual que los habitantes de Nínive! Vayamos en busca de las
ovejas perdidas, recemos por la conversión de las almas, practiquemos en la
medida de lo posible, todas las obras de misericordia, materiales y sobre todo
espirituales, pues son ellas las que más se necesitan”.
“En lo que a nosotros se refiere, queridos
fieles, debemos aprovechar este Año Santo para pedir al Dios de la misericordia
una conversión a la santidad cada vez más profunda, e implorar las gracias y
los perdones de su misericordia infinita. Vamos a preparar el centenario de las
apariciones de Nuestra Señora en Fátima practicando y propagando con todas
nuestras fuerzas la devoción a su Corazón doloroso e inmaculado, como Ella nos
pidió. Seguiremos suplicando ahora y siempre que sus pedidos, en particular la
consagración de Rusia, sean por fin escuchados como se debe. No hay ninguna
oposición entre estos pensamientos dirigidos a María y el Año de la
Misericordia, ¡todo lo contrario! No separemos a quienes Dios quiere ver
unidos: los dos Corazones de Jesús y de María, como lo ha explicado Nuestro
Señor a Sor Lucía de Fátima. Cada distrito de la Fraternidad os
comunicará las obras particulares a practicar para beneficiarse con todas las
gracias que la Misericordia divina nos concederá durante este Año Santo.
Así colaboraremos de la mejor manera posible con la voluntad misericordiosa de
Dios de salvar a todos los hombres de buena voluntad.”
12. Debido al centenario de las apariciones en
Fátima y de la gran peregrinación internacional que organizaremos a Portugal en
2017, si Dios quiere, la Casa general no ha previsto una gran peregrinación
romana durante este jubileo de la misericordia. Pero nada impide que los
seminarios, distritos y prioratos la organicen, pues es posible ganar la
indulgencia del jubileo en todas las diócesis del mundo.
Conclusión
13. Es una verdad de fe proclamada por el
concilio de Trento (sesión 25) que “el uso de las indulgencias es muy saludable
para el pueblo cristiano[28]” y el Derecho canónico de 1917 pide que
todos los católicos las tomen muy en cuenta (canon 911). Sería paradojal que,
porque no queremos tener nada que ver con este concilio fallido que fue el
Vaticano II, lleguemos a despreciar una verdad proclamada en el concilio de
Trento ¡y alentada por toda la Tradición de la Iglesia!
San Alfonso de Ligorio dijo que: “para
convertirse en santo, es suficiente ganar la mayor cantidad de indulgencias
posibles[29]”. Nadie arriesga su salvación por
participar en el jubileo de la misericordia, salvo si se pone en duda el poder
de las llaves de las cuales Francisco es el legítimo detentador. Y “aunque
la remisión de la pena se haga de un modo no razonable, el interesado, sin
embargo, gana la indulgencia en su totalidad”[30].
14. La alegría del jubileo no consiste en
alegrarse del concilio Vaticano II, sino de la gracia difundida por el jefe de
la Iglesia, extraída del tesoro de los méritos infinitos de Cristo y de todos
los santos. La gracia difundida profusamente será siempre un motivo de alegría
para aquellos que están bien dispuestos a recibirla.
[1] Por ejemplo, en París las iglesias
jubilares son: la catedral Notre-Dame de París, la basílica del Sagrado Corazón
de Montmartre, la basílica Notre-Dame-des-Victoires, la basílica Notre-Dame-du
Perpétuel-Secours, la iglesia Saint-Louis-d’Antin, la iglesia Saint Sulpice y
la capilla de la Medalla Milagrosa. En la diócesis de Sion, en Valais, las
iglesias jubilares son: la catedral de Sion, la basílica de Saint-Maurice, la
ermita de Longeborgne, la basílica de Valère, el hospicio Grand-Saint-Bernard,
y las iglesias de Martigny-Ville y de Monthey.
[2] Las intenciones del Soberano Pontífice
son el crecimiento de la Iglesia católica, la extirpación de los errores, la
concordia entre los jefes de Estado, la tranquilidad y la paz de todo el género
humano. Cf. R. NAZ, art. “Jubilé” en el Diccionario de derecho canónico, n°
7.
[3] A. BOUDARD, art. “Jubilé” en el Diccionario
enciclopédico de la Biblia, Brespols-Maredsous, 1987, pág. 693.
[4] El empleo del término de indulgencia fue
precedida por el de redemtio o rescate o incluso remissio.La
palabra indulgentia se impone, notablemente en 1215 en el
concilio de Latran IV, c. 62. Pero “desde el final del siglo XI, la indulgencia
en el sentido moderno de la palabra existe con todos sus elementos
constitutivos”. Cf. E. MAGNIN, art. “Indulgencias” en el Diccionario de
Teología católica, Letouzey y Ané, París, t. 7, 1992, col. 1594 y 1607.
[5] R. NAZ, op. Cit. N° 1 y 7.
[6] SANTO TOMÁS DE AQUINO, Summa
teológica, Suplemento, q. 25 a. 1.
[7] Ibídem.
[8] El carácter ordinario o extraordinario
no entran en juego y es de hecho secundario; una vez planteado por la autoridad
suprema de la Iglesia, un jubileo es un acto santo y santificante, porque es un
acto de Cristo y de su Iglesia.
[9] Manual de indulgencias, Lethielleux,
1969, pág. 13. Norma lo promulgado por Paulo VI en la constitución
apostólica Indulgentiarum doctrina del 1º de enero de 1967:
“Por la acción de la Iglesia, la cual, en tanto dispensadora de la redención,
distribuye y aplica por su autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo
y de sus santos”. Ibid. Pág. 88. “Indulgentia
est remissio coram Deo poenae temporalis pro peccatis, ad culpam quod attinet,
iam deletis, quam christifidelis, apte dispositus et certis ac definitis
condicionibus, consequitur ope Ecclesiae quae, ut ministra redemtionis,
thesaurum satisfactionum Christi et Sanctorum auctoritative dispensat et
aplicat”.
[10] MAGNIN, o. cit. Col. 1594.
[11] R. NAZ, Tratado de Derecho
Canónico, t. 2, Letouzey et Ané, pág. 181.
[12] R. FOREVILLE, “Jubileo” en Diccionario
de espiritualidad, Beauchesne, tomo 8, col. 1483-1487.
[13] P. LEVILLAIN, art. Año santo” en
el Diccionario histórico del papado, Fayard, 2003, pág, 107.
[14] FOREVILLE, op. cit. Ibid.
[15] NAZ, Diccionario de Derecho
canónico, t. 6, col. 194.
[16] Breve Pontifices
maximi, 15 de febrero de 1879.
[17] Breve Militans Jesu, 12
de marzo de 1881.
[18] Carta encíclica Quod
auctoritate, 22 de diciembre de 1885.
[19] En 1851, en 1854 (por una duración de
tres meses), en 1858 y en 1869-1870.
[20] Carta encíclica Ad diem
illum, 2 de febrero de 1904.
[22] Cf. SANTO TOMÁS
DE AQUINO, Summa teológica, Ia, q.7 a.3, ad. 3; q. 18, a.5, ad
4; q. 18, a. 10 corpus y ad 1 y 2; etc.
[23] Alocución del 9
de mayo de 1973, en D.C. n° 1633, 3 de junio de 1973, pág. 501-503. La sala de
prensa de la Santa Sede precisó: “El próximo Año santo, en las circunstancias
presentes, adquieren una particular importancia por el hecho que coincide
con el décimo aniversario de la clausura del segundo concilio ecuménico
del Vaticano, que quiso ser un llamado solemne de la Iglesia a todos
sus miembros para que se comprometan a una renovación profunda de
los espíritus, de las estructuras y de la organización pastoral para la
salvación del mundo” (ibid, pág. 504).
[24] Bula
de convocatoria Apostolorum limina, del Año santo 1975, en DC
n! 1656, 16 de junio de 1974, pág. 551-557.
[26] Bula
de convocatoria Incarnationis mysterium del Gran Jubileo del
año 200, 29 de noviembre de 1998, en D.C. N° 2194, 20 de diciembre de 1998,
pág. 1051-1057.
[27] “En
la práctica, nuestra actitud debe fundarse en un discernimiento previo,
necesario para la circunstancia extraordinaria que significa un papa ganado por
el liberalismo. He aquí ese discernimiento: cuando el papa dice algo que es
conforme a la tradición, le seguimos; cuando dice algo contrario a nuestra fe,
o cuando alienta, o deja hacer algo que daña nuestra fe, ¡entonces no podemos
seguirle! Y esto por la razón fundamental de que la Iglesia, el papa, la
jerarquía están al servicio de la fe. No son ellos quienes hacen la fe; deben
servirla. La fe no se hace, es inmutable, se transmite.” Mons. Lefebvre, Le
destronaron, Voz en el Desierto, México, 2002, pág. 263. Encontramos este
discernimiento previo con ocasión de la peregrinación del año 2000 bajo la
pluma del Superior del distrito de Francia enFideliter 135,
pág. 1 y n° 138 pág. 2.
[28] Citada
por el P. D. JOLY, en Fideliter 135 “Hacia Roma: ganar a los
pies de los Apóstoles las indulgencias de salvación” 2000, pág. 10.