El
diario oficialista de Argentina “Tiempo
Argentino”, propiedad de los criollazos
Szpolski y Garfunkel, se escandaliza y miente a la vez. En todo caso, utiliza
una página de su propagandista pasquín para hacer lo que más le gusta: atacar
la religión católica.
En
su edición del 14 de julio difunde una noticia que reproducimos abajo, junto a
una foto que sería para el periódico ofensiva o directamente delictiva, amén de
retrógrada: ¡un crucifijo en un aula escolar!, en cuyo pie se informa que “en las aulas no sólo hay crucifijos, también
se reza a diario y se bendice la comida”. ¡Qué barbaridad!
Invocando
la masónica ley 1420 que “consagró” la escuela laica, obligatoria y estatal
(adoctrinamiento gratuito, por supuesto),
deplora
el hecho de que se viole la “sagrada” ley pues “en las escuelas estatales de Salta se imparte religión católica y se
reza a diario antes del saludo a la Bandera o se bendice la comida. Ocurría
desde siempre como un contenido optativo pero desde 2008 una norma dictada por
el gobernador local Juan Manuel Urtubey la incluyó en la currícula de manera
obligatoria”. En realidad a lo que obliga la ley –por cierto de cuño
liberal y producto de la maldita libertad religiosa que trajo el Vaticano II-
es lo siguiente, en su artículo 8 inciso m: “los padres y en su caso los tutores tienen derecho a que sus hijos o
pupilos reciban en la escuela pública la educación religiosa que esté de
acuerdo con sus propias convicciones, en cumplimiento del Artículo Nº 49 de la
Constitución de la Provincia de Salta”. De manera tal que lejos de ser una
disposición obligatoria a favor de la religión católica, pone en pie de
igualdad a todas las religiones. Pero ¿qué ocurre? Que en la tradicional
provincia de Salta la gran mayoría de la población es católica, entonces a la
fuerza se termina impartiendo catequesis católica (liberal). Y por esto, a
pesar de la desacertada medida, suponemos que pueden verse crucifijos en las
aulas. Y esto es lo absolutamente odioso e inaceptable para la judeo-masonería
que suele jactarse de sus principios democráticos hasta que una mayoría que no
es como a ellos le gusta les hace vomitar su ponzoña anticatólica. ¡Que lloren!
Sigue en Salta la catequesis
obligatoria
14.07.2013
| polémico fallo de la corte local
El máximo tribunal de
la provincia le ordenó al Ejecutivo que les brinde alternativas a los alumnos
que no deseen instrucción católica.
Casi
130 años después de la Ley 1420 que sentó las bases del sistema público
educativo de la Argentina y lo consagró laico, en las escuelas estatales de
Salta se imparte religión católica y se reza a diario antes del saludo a la
Bandera o se bendice la comida. Ocurría desde siempre como un contenido
optativo pero desde 2008 una norma dictada por el gobernador local Juan Manuel
Urtubey la incluyó en la currícula de manera obligatoria. Pero un grupo de
padres –apoyada por la Asociación por los Derechos Civiles– comenzó en 2010 a
pedir que se la declare inconstitucional y aunque lograron un fallo de primera
instancia (de Marcelo Domínguez), ahora la Corte Suprema provincial la revocó y
le ordenó al Poder Ejecutivo local que implemente un programa alternativo para
aquellos alumnos cuyos progenitores rechazan el catequismo. El tema llegará
ahora a la misma instancia de la Nación, porque los demandantes apelarán. El
fallo –que se puede consultar completo en
–
convalida que las prácticas religiosas se efectúen "durante el horario
fijado para la enseñanza de la materia", pero le pide al Ministerio de
Educación "arbitrar un programa alternativo para quienes no deseen ser
instruidos en la religión católica". Los magistrados consideraron que
"la libertad religiosa, aplicada al ámbito de la enseñanza escolar, no
debe ni puede ser entendida en el sentido de la exclusión de todo lo religioso.
La libertad se centra en la aptitud de elegir sin presiones físicas, morales o
psíquicas el camino que lleve a la plenitud del ser. No se advierte que las
normas cuestionadas importen una situación de discriminación respecto de
aquellos alumnos que no deseen cursar la materia religión. (Tampoco que hubiera
establecido) privilegios a favor de los alumnos católicos ni se ha afectado el
derecho a no ser instruidos en la religión por parte de aquellos alumnos que no
lo deseen." En los fundamentos se cita el pronunciamiento de la Asesora
General de Menores e Incapaces de Salta, Mirta Lapad, para quien no impartir
educación religiosa en las escuelas públicas "perjudicaría a los niños de
sectores carentes de recursos que no pueden concurrir a una escuela privada o
viven lejos de centros urbanos y cuyos padres, muchas veces por razones
laborales, no tienen posibilidades de instruirlos en religión". El alto
tribunal reconoció que en la causa "se verifica la tensión entre los
derechos de quienes quieren que sus hijos reciban educación religiosa y los que
no lo quieren", pero concluyó que hay que compatibilizar el de ambas
partes y no quitarle el que ya tiene una y "a fin de respetar las normas
nacionales e internacionales que consagran los derechos a la libertad e
igualdad, se debe garantizar el derecho de todos los niños que asisten a la
escuela pública primaria de tener un espacio curricular para ser educados en
sus creencias religiosas". La abogada Graciela Abutt Carol, una de las que
elaboró la presentación legal, le dijo a Tiempo Argentino que el fallo, al que
tachó de "segregacionista", no los sorprende y anticipó que lo
apelarán a la Corte Suprema con un recurso extraordinario. "Se usa la
educación primaria como un dispositivo para evangelizar y Urtubey tiene una
alianza con los sectores más tradicionales de la Iglesia. Pero Salta es
variada, tiene distintas religiones y 13 etnias de pueblos originarios que no
se están respetando", fustigó la letrada. Abutt Carol consideró que esta
norma provincial viola el espíritu de la Ley 1420, cercena derechos y discrimina,
pero también recordó que en Salta no se imparte educación sexual, y que eso
explica que la provincia "tenga la tasa de embarazo adolescente más alta y
no quieras averiguar la del aborto".