Entonces, evidentemente, nosotros podemos plantear
la pregunta (es normal plantearla, es una cuestión de prudencia): ¿en qué
momento o cuál es la situación de la Iglesia que podría permitir este caso? Si
entramos en una relación, digamos canónica, una relación por lo tanto de
sumisión, ¿cuáles son entonces las condiciones a obtener por parte de Roma? Es
un poco lo que tratamos de precisar con las famosas condiciones del capítulo de
2012.
Nótese la vaguedad: es “un poco” lo que
“tratamos” de precisar en el capítulo del 2012, violando la decisión y los
términos exactos del capítulo del 2006.
Podemos preguntarnos si existe verdaderamente un
cambio fundamental entre 2006 y 2012…
Personalmente, no lo creo. Creo que se aportó una
precisión más concreta que incluye una cosa que no estaba contemplada en 2006 y
que permanece hasta ahora puramente teórica.
Cuando hablamos de Iglesia, hablamos de un
misterio. Nosotros sabemos que ella está gobernada por la divina Providencia y
nosotros no somos quienes vamos a dictar a la divina Providencia cómo va a
restablecer las cosas. Nosotros dejamos la puerta abierta pues sabemos que la
Providencia puede hacer lo que quiere, puede restituir, restaurar las cosas
como quiera.
Con nuestra prudencia, con la ayuda de los dones
del Espíritu Santo, nosotros cavilamos por nuestra parte cómo podría hacerse,
nosotros reflexionamos en las soluciones, las situaciones, pero nosotros no
sabemos cuál será escogida por el Buen Dios. Nosotros planteamos un cierto
número de elementos, suponiendo que las cosas serán así, dejando una puerta
abierta. Algunos concluyeron que queríamos por consecuencia los acuerdos a
cualquier precio. No, en absoluto.
Reserva mental: no a cualquier
precio pero sí a un cierto precio.
La prueba, es esta famosa primer condición que
planteamos, a saber, que nosotros podríamos atacar no solamente los errores
sino incluso a aquéllos que los esparcen, los fautores de errores en la Iglesia.
¿Cuál es la autoridad que aceptará esto?
Una autoridad perfectamente liberal.
¿Acaso los políticos liberales no aceptan que los calumnien todos los días?
¿Acaso los gobiernos liberales no promueven el libertinaje de expresión, etc.?
¿Olvida la famosa frase del liberal Voltaire?: “No estoy de acuerdo con lo que
dices, pero defenderé con mi vida tu derecho a expresarlo”.
Me parece que solamente puede haber un caso, el de
una autoridad que estaría ya ganada, que estaría de acuerdo.
Ilógico: una autoridad de acuerdo con la
Tradición no es criticable por “fautora de errores en la Iglesia”.
Una autoridad que no está de acuerdo no va a
permitirnos que lo ataquemos, no es posible. Dicho de otro modo, hemos puesto
la barra muy alta.
¿Seguro? Pensamos que el Papa Francisco
es capaz de poner en práctica la frase de Voltaire y dejarse “martirizar”, por
las críticas de los lefebvristas, con tal de alcanzar el ideal liberal de la
unidad y la paz.
De nuevo, podemos reflexionar para saber cómo
sucederá en la realidad. Hay elementos que aún no poseemos. Pensamos que si
estos elementos se reúnen, nosotros podríamos ir adelante.
¿Cuáles elementos? Misterio. Para un
verdadero católico antiliberal (valga la redundancia), hay un solo elemento que
considerar en esto: la conversión de Roma.
Es una reflexión de prudencia, sabiendo que el
futuro está en las manos del Buen Dios. Nosotros hacemos lo que podemos, pero
esto no quiere decir que estamos dispuestos a soltar lo que sea.
Reserva mental: No estoy dispuesto
a soltar lo que sea, pero sí estoy dispuesto a soltar
demasiado, como en la Declaración Doctrinal de abril de 2012.
Pero como la Iglesia tiene las promesas del Buen
Dios, nosotros estamos obligados a pensar que algún día hará algo. Ahora está
libre de hacer lo que quiera. Esto es lo que significa la introducción de las
condiciones y no otra cosa. No se trata de inventar una salida por detrás, es
erróneo presentar así las cosas. Que se comprenda bien esto.
Si no es para buscar “una salida por
atrás”, ¿por qué cambiar la clara condición del 2006 por las ambiguas
condiciones del 2012?
Habiendo dicho esto, concedo gustosamente que la
distinción que hicimos entre condiciones sine que non y condiciones altamente
recomendables es un poco artificial, lo reconozco.
Les doy un ejemplo muy preciso, el de la autonomía
respecto a los obispos. Después de la cuestión de la Fe, de la defensa y
protección de la Fe, de una manera concreta y práctica la exención del poder de
los obispos diocesanos es esencial. Miren todos los sacerdotes de las
comunidades Ecclesia Dei que están en manos de los obispos: están todos más o
menos limitados, amordazados.
Entre las condiciones que planteamos, la
encontramos en la segunda posición. Yo mismo me pregunté por qué había sido
puesta allí. Creo francamente que fue un hecho circunstancial. Habiendo
presentado al capítulo la estructura que Roma había preparado, esta autonomía
ya estaba incluida. Sin embargo con un punto que no estaba clarificado todavía:
el de la apertura de nuevas obras. Por lo demás, esta autonomía, esta
jurisdicción sobre los sacerdotes y los fieles, fue acordada y garantizada.
Como ya la teníamos, no insistimos más. Pero en sí, in se evidentemente
era uno de los puntos primordiales.
(Seguirá...)