sábado, 10 de enero de 2015

DIUTURNI TEMPORIS - SOBRE LA DEVOCIÓN DEL SANTÍSIMO ROSARIO - PAPA LEÓN XIII




Diuturni Temporis
De LEÓN XIII
Sobre la devoción del Santísimo Rosario
Del 5 de septiembre de 1898



Venerables Hermanos: Salud y Bendición apostólica

I.                  Protección de Dios y de María sobre el Pontificado del Papa

Al echar una mirada al largo espacio de tiempo que, por voluntad de Dios, hemos pasado en el sumo Pontificado, no podemos menos que confesar que Nos, sin merecerlo, hemos experimentado, de manera muy viva, la asistencia de la Divina Providencia. Juzgamos, empero, que esto debe atribuirse principalmente a la oración en conjunto, y por tanto eficacísima, que, como antiguamente por Pedro, así ahora la Iglesia universal está haciendo sin interrupción por Nos. Por eso, en primer término a Dios, que concede todos los bienes, las gracias más rendidas, y trataremos de conservar en la mente y el corazón mientras vivamos cada uno de los dones  recibidos. 

Luego se nos presenta el dulce recuerdo de la maternal protección de la augusta Reina del cielo, e igualmente guardaremos, piadosa e íntegramente ese recuerdo dándole gracias y exaltando sus beneficios.  Porque de Ella, como de caudalosísimo canal, descienden los manantiales de las divinas gracias, pues, en sus manos están los tesoros de las misericordias del Señor[i]Dios quiere que Ella sea el principio de todos los bienes[ii]. Cobijados en el amor de esta tierna Madre, que hemos procurado fomentar asiduamente e incrementar de día en día, esperamos con certeza poder acercarnos a Nuestro último Día.

II. Los esfuerzos del Papa en promover y fomentar la devoción al Rosario

Mas hace ya tiempo que, deseando colocar la salvación del género humano en el aumento del culto de la Virgen, como en fortísimo baluarte, no hemos dejado de fomentar entre los fieles la costumbre de rezar el Rosario Mariano publicando, a este fin, Encíclicas ya a desde el 1º de Septiembre de 1883 y promulgando, más de una vez, decretos, como bien sabéis. Y disponiendo Dios misericordioso que también este año podamos ver el mes de Octubre, que en otro tiempo decretamos que estuviese dedicado y consagrado a la celestial Reina del Rosario, no queremos dejar de dirigirnos a vosotros, y resumiendo en pocas palabras lo que hasta el presente hemos llevado a cabo para fomentar esta clase de oración, coronaremos Nuestra obra con otro documento próximo a aparecer, en el que patenticemos todavía más espléndidamente Nuestro fervor y afecto para con el mencionado modo de honrar a María, y se estimule el ardiente deseo de los fieles de conservar piadosa y fielmente tan santísima costumbre.

III. Resumen de las enseñanzas de anteriores Encíclicas.

Movidos, pues, del constante deseo de que el pueblo conociese el poder y la dignidad del Rosario mariano, después de recordar, en primer lugar, el origen más celestial que humano de esta oración, mostramos que la admirable guirnalda confeccionada con la salutación angélica, entrelazada con la oración dominical y unida con la meditación, resulta una especie excelentísima de súplica, muy fructuosa, principalmente para la consecución de la vida eterna; pues, fuera de la excelencia misma de las oraciones de que se compone, ofrece una buena defensa de la fe y un insigne modelo de virtud por medio de los misterios que propone a nuestra contemplación; que, además, no es una oración complicada sino que se acomoda fácilmente al carácter popular, por cuanto se le pone delante, con la consideración de la Familia de Nazaret, el ideal absolutamente perfecto de la vida familiar y que el pueblo cristiano por consiguiente, siempre experimentó su saludabilísima eficacia.

IV. Lo que hicieron los Papas anteriores y León XIII por la devoción del Santísimo Rosario. Fiesta, mes de  Octubre y la invocación en las Letanías.


De esta manera, después de haber recordado principalmente la naturaleza del Santísimo Rosario y de haber exhortado a su práctica de variados modos, Nos aplicamos, además, siguiendo las huellas de Nuestros predecesores, a fomentar su importancia por medio de un culto más solemne. Pues así como Sixto V, de feliz recordación, aprobó la antigua costumbre de rezar el Rosario, y Gregorio XIII dedicó un día de fiesta al mismo título, que luego inscribió en el Martirologio Clemente VIII, y mandó Clemente XI que fuese guardada por la universal Iglesia, y Benedicto XIII la introdujo en el Breviario Romano, así Nos, para perenne testimonio de Nuestro aprecio a esta manera de piedad, mandamos que la misma solemnidad del Santísimo Rosario con su oficio fuese celebrada en la universal Iglesia con rito doble de segunda clase. Quisimos, además, que se consagrase a esta práctica todo el mes de Octubre; finalmente, ordenamos que en las Letanías Lauretanas se añadiese la invocación Reina del Santísimo Rosario, como augurio de la victoria que habíamos de reportar en la actual contienda.

V. Indulgencias anejas al rezo del Rosario

Faltaba por recordar el grandísimo valor y utilidad del Rosario mariano a causa de la abundancia de privilegios y derechos con que está enriquecido, y más que nada, por el preciosísimo tesoro de indulgencias de que goza. Ahora bien, es fácil entender cuánto interesa a todos los que se preocupan de su salvación aprovecharse de este beneficio. Pues, se trata nada menos que de conseguir el perdón, total o parcial, de la pena temporal que hay que pagara en esta o en la otra vida, aun después de cancelada la culpa. Es decir, el rico tesoro formado con los méritos de Cristo, de la Madre de Dios y de los santos, y al que con razón aplicaba Nuestro predecesor Clemente Vi las palabras de la Sabiduría: Tienen los hombres un infinito tesoro, y los que de él se aprovechan, se hacen partícipes de la amistad de Dios[iii]. Ahora bien, los Romanos Pontífices, en virtud de la potestad soberana de que están revestidos por el mismo Dios, abrieron estas copiosísimas fuentes de gracias a los cofrades del Santísimo Rosario y a los que piadosamente lo recitasen  

VI. Anuncio de una constitución para la Cofradía del Rosario

Así, pues, Nos también, pensando que la corona mariana, como adornada de gemas escogidísimas, luce más bella con estos beneficios e indulgencias, tras largos estudios, ya tenemos madurado el plan de publicar una Constitución acerca de los derechos, privilegios e indulgencias de que podrán disfrutar las cofradías del Santísimo Rosario. Esta Nuestra Constitución sea prueba de amor para con la augustísima Madre de Dios, y para los fieles todos, estímulo juntamente y premio de su piedad, a fin de que, en la hora suprema de la vida, puedan por su medio ser aliviados y descansar suavísimamente en su regazo.  

VII. Bendición Apostólica

Suplicando de corazón estas gracias a Dios Optimo Máximo, por medio de la Reina del Santísimo Rosario, Nos amantísimamente os damos la Bendición Apostólica, como auspicio y prenda de los bienes celestiales, a vosotros, Venerables Hermanos, al clero y al pueblo confiado a vuestras particulares cuidados.

Dado en Roma, cerca de San Pedro, el día 5 de Septiembre de 1898, en el año vigésimo primero de Nuestro Pontificado. LEÓN PAPA XIII


[i] San Juan Damasc. Serm. ! de la Natividad de la Virgen.
[ii] S. Irineo Adv. Valent. 1. 3, c. 33.
[iii] Sabiduría, 7, 14.