Gracias a
la audacia de un joven abogado llamado Jean Marie Le Pen, Francia pudo escuchar
extractos de la grabación de la Declaración histórica del 2 de febrero de 1963
del Coronel Jean Bastien Thiry durante su proceso político-gaullista.
Igualmente,
gracias a la ayuda de un fiel y de un sacerdote, un micrófono fue introducido y
pudo grabar un momento histórico del proceso político-fellecista del Padre
Pinaud. La Sapinière se congratula de poder compartirlo con ustedes.
Se trata
de la Declaración final del Padre Pinaud ante sus jueces el sábado 19 de
octubre de 2013 a las 14:00 horas en Schlieren (Suiza). El sonido no es
perfecto pero es perfectamente audible. El texto de esta Declaración se
encuentra en el libro del padre Pivert: ¿Qué derecho para la Tradición
Católica? Actas del proceso de los Padres Salenave y Pinaud. A pesar
de sus ocho meses de suspensión de ministerio sacerdotal, el exilio y las
pruebas, la voz del Padre Pinaud es fuerte y segura.
La carta
a Monseñor Fellay del 28 de febrero de 2013 desenmascaró la prevaricación
humana y doctrinal de Monseñor Fellay. La Declaración final del Padre Pinaud,
lo prueba. Convendría entonces en este día de aniversario unir estos dos
documentos trágicos pero también históricos.
“Señores
miembros del tribunal,
El 30 de
septiembre de 2013, recibí una Respuesta a mi Defensa y
quisiera aportar las siguientes observaciones:
1.- Algunas
cuestiones de mi Defensa siguen sin respuesta todavía, de
manera notable la muy importante que concierne a los criterios de elección del
juez.
Habitualmente
constatamos que los tribunales de excepción no juzgan según el derecho contra
el crimen, sino según la razón del Estado contra la rebelión. Nadie ignora que
el tribunal ante el cual comparezco, ha sido fabricado para la ocasión. ¿Cuáles
son las garantías de su imparcialidad?
2.- Constato
también que la carta sin firmar del 26 de septiembre de 2013 que me convoca a
esta comparecencia, me anuncia la reunión de tres jueces. Pero varias veces en
la Respuesta a mi Defensa, se somete a la decisión
del juez. ¿Hay tres jueces o uno solo?
El
funcionamiento de este tribunal me parece igualmente desconcertante. En efecto,
¿no es una situación sicológicamente difícil que favorece la arbitrariedad, que
una misma persona, el Padre Quilton, asuma la redacción del acta de acusación y
después el cargo de juez? Esta razón, por sí misma, hace al nuevo código
inaplicable en materia de procedimiento penal, sobre todo cuando no hay
garantías ofrecidas para el recurso con la jurisdicción superior.
Después
de estas importantes observaciones, quisiera aportar las siguientes
precisiones:
I. En lo que
concierne a mi participación en el sitio La Sapinière:
Yo
mantengo los términos de mi Defensa y niego categóricamente la mínima
participación tanto en este sitio como en cualquier otro.
Querer
acusarme de una pretendida participación en el sitio La Sapinière en razón de
la corrección de “algunas faltas de ortografía inadmisibles” revelada
por la violación de un mensaje privado enviado al Padre Rioult, no tiene en
cuenta la desaprobación que expresé, en ese mismo mensaje, sobre el posible
modo de difusión de esta carta a Monseñor Fellay del 28 de febrero de 2013.
El
acusador estima que esta frase es probablemente irónica, pero
no puede probarlo. Por lo tanto es injusto acusarme de la difusión, siendo que
el testimonio del Padre Rioult sobre este punto es claro y preciso.
II. Respecto
a la carta a Monseñor Fellay del 28 de febrero de 2013.
Mantengo
los términos de mi Defensa:
“Yo
de ningún modo inspiré el proyecto de esta carta a Monseñor Fellay del 28 de
febrero de 2013. Yo no la redacté, yo no la difundí y puedo agregar que yo no
la hubiera redactado ni difundido si el que tomó la iniciativa no lo hubiera
hecho”.
También
sobre este punto, el testimonio del Padre Rioult no puede ser más claro y más
preciso.
El
mensaje enviado al Padre Rioult que dice: “Me parece poder decir que
este documento es claramente mejor que el precedente porque es más duro y más
preciso… finalmente yo no veo modificación que aportar” es un juicio
privado expresado en un correo privado. ¿Qué otra cosa es sino una opinión
privada?
Si “su
tribunal no juzga las opiniones privadas de los cofrades…” le suplico
sacar las consecuencias. Si los juicios en contra de los Superiores en los
Alegatos en la causa “no afectan directamente este proceso”, yo
me pregunto entonces qué es lo que se está juzgando en este proceso. Yo no
puedo creer, en efecto, que la no-redacción y la no-difusión de “algunas
faltas de ortografía inadmisibles” necesiten ocho meses de espera para
ser juzgado.
¡Ocho
meses de suspensión de ministerio sacerdotal por la corrección de “algunas
faltas de ortografía inadmisibles”!
Pues yo
no niego esta cooperación inmediata de la que se me acusa. Un
corrector, en efecto, jamás es considerado como un co-autor. Un corrector
no tiene ningún derecho de autor, no tiene ninguno de los derechos del autor.
Es el autor y eventualmente su editor que asumen la responsabilidad, nunca un
corrector. Entonces aquí se trata de una cooperación lejana solamente, pues la
ortografía es secundaria respecto a la expresión del pensamiento. Yo evoqué en
mi Defensa una cooperación material insignificante, porque la ortografía no es
indispensable para la expresión de una idea que es lo formal de la redacción de
un documento.
La
acusación invoca una analogía entre la cooperación y el pecado material o
formal para negar que la corrección de algunas faltas de ortografía sea una
insignificante participación material. Es confundir el fuero interno y el fuero
externo, y hacer de este tribunal un confesionario. La analogía empleada por la
Defensa se debe comprender simplemente en unión con los principios de la
naturaleza, y no con el pecado. La ortografía es para el pensamiento expresado
en palabras, lo que la materia es a la forma en los seres naturales.
Así, el
principio de que la sedición es ya sea el acto, sea la preparación, vale en
moral, pero no en el plan penal. El canon 2344 del código de 1917 habla de
actos, e incluso de actos públicos, y no de su preparación. No hay delito en
preparar una sedición, solamente en cometerla [i]
III. Respecto
a los pasajes de los correos privados publicados en internet:
Por
principio les recuerdo que tengo prohibido el acceso a internet desde el 10 de
marzo de 2013. Además, el acta de acusación no se apoya en ninguna prueba
cuando afirma que yo podía prever sin dificultad que la carta del 10 de junio
iba a ser publicada.
Mantengo
los términos de mi Defensa: “Su aparición en internet es totalmente
independiente de mi voluntad y de ninguna manera soy responsable de la
interpretación y de las modificaciones que pudieron ser aportadas al texto
inicial. Yo no asumo ninguna responsabilidad en cuanto a su publicación
en internet, de la cual yo no fui informado en ningún momento”
Finalmente,
afirmar que la publicación de la segunda carta es voluntaria in causa,
manifiesta una vez más esta confusión entre el fuero interno y el fuero
externo. Podemos ver cómo el pecado puede ser voluntario in causa, pero
no se ve cómo el delito podría serlo. En este caso, la acción de publicar un
correo no es un delito más que para quien lo publica.
IV. En lo que
concierne a la legitimidad de las pruebas:
Es normal
que la legitimidad de las pruebas ocupe un lugar importante en este proceso,
pues estas pruebas han sido obtenidas por actos reprensibles e inmorales.
¿Por qué
la Respuesta a mi Defensa me culpa de tener
malas intenciones cuando afirma que yo “mezclo hábilmente dos
acontecimientos distintos”? Estos acontecimientos no fueron “mezclados
hábilmente” por la Defensa, sino por los mismos hechos: Se trata de
acciones que parecen haber sido cometidas por la misma persona a partir de los
mismos medios.
Mi
Defensa distinguió perfectamente estos dos medios utilizados:
-La
usurpación de mi identidad y la falsificación y el uso de simulaciones.
-El
pirataje de la mensajería electrónica del Padre Rioult
Convendría
también, para que esté completo, mencionar la usurpación de la identidad del
Padre Rioult. Una usurpación gratuita, pues ella parece no haber sido utilizada
para crear simulacros y utilizarlos. Pero esta usurpación es un hecho
absolutamente cierto.
Comprendo
que la usurpación de mi identidad y los falsos y el uso de simulacros que
fueron cometidos a partir de esta identidad usurpada, no fueron aceptados, pues
por una parte no revelaron nada y por otra parte son moralmente condenables.
Pero los hechos están allí, desgraciadamente.
Cómo no
sorprenderse de la ligereza de la Respuesta aportada a mi Defensa sobre
la ilegitimidad de la usurpación de identidad:
“El
acta de acusación ha expuesto los motivos por los cuales renuncia a esta
segunda fuente de información. Por lo tanto, no ha lugar a aceptarla”.
Que el
acusador no quiera aceptarla, puede comprenderse, pues es un hecho
extremadamente grave. Pero la víctima, ¿cómo debe reaccionar ante estas
violaciones? ¿Cómo podría aceptar como miembro de este tribunal a un acusador
que además es profesor de teología moral, que pretende defender la moralidad de
esta acción evidentemente inmoral? ¿Cómo un juez acepta que esta acción inmoral
puede representar a una autoridad que reconoce haber cometido tales delitos?
Tal
complicidad desacredita completamente su tribunal.
El 30 de
agosto de 2013, el Padre Thouvenot, Secretario General de la FSSPX, no dudó en
afirmar al señor N, uno de los laicos abusados por los correos falsos del Padre
Waillez, que estos actos eran conformes a la moral católica. La acción de los
implicados en este asunto es mucho más graves que los hechos que se me
reprochan. Es una vergüenza y un escándalo.
V. Respecto
a la acusación de sedición:
La
acusación justifica moralmente la violación de la correspondencia privada del
Padre Rioult bajo el argumento de la lucha contra la sedición. Pero esta
sedición no se prueba por la acusación, simplemente se considera evidente.
Por
ejemplo, cuando la legitimidad de las pruebas es expuesta, es sobre la base de
que El padre Rioult aparece como un sedicioso comprobado”. O
también, el acusador afirma que “la pretendida carta de los treinta y
siete no trata sobre la doctrina y la fe, sino que es puramente polémica”.
Esto es afirmado muy rápidamente. Tanto que la sedición es comprobada como que
no lo es.
Si está
comprobada ¿por cuál juicio? Si no hay juicio, entonces ¿cómo afirmar que la acusación
no es ya un juicio, pues ella decide sin examinar la cuestión de la que todo
depende? Si la sedición no está comprobada, ¿cómo dispensarse de juzgar sobre
el fondo, examinando los motivos que llevaron a actuar al Padre Rioult?
En
efecto, se debe definir previamente lo que es la sedición para que esta
afirmación de “lucha contra la sedición” pueda ser admisible.
¿Qué es
la sedición? ¿Quién puede ser calificado de sedicioso? Si
comprendí bien elcorpus del artículo 2 de la cuestión 42 de la
II-II:
Ser
sedicioso, es atentar contra la unidad sin respetar el derecho y el bien común.[ii]
¿Quién
atenta contra la unidad de la Fraternidad? ¿Cuáles son estas acciones
que sublevaron a una parte de la Fraternidad contra la otra?
En
Octubre de 2011, Monseñor de Galarreta escribió:
“Por
el bien de la Fraternidad y de la Tradición, hay que cerrar rápidamente la
“caja de Pandora” para evitar el descrédito y la demolición de la autoridad,
disputas, discordias y divisiones, tal vez sin retorno”.
El mismo
Monseñor Fellay reconoció que su acción corría el riesgo de dividir la
Fraternidad, cuando le confió a CNS en mayo de 2012: “No puedo excluir
que podría haber una división”. [iii]
¿Quién
atentó contra la unidad de la Fraternidad no respetando su derecho? Este
derecho fue definido por el Capítulo de 2006 que declaró:
« Los
contactos que la Fraternidad mantiene episódicamente con las autoridades
romanas, tienen como único objeto ayudarlas a recuperar la Tradición que la
Iglesia no puede renegar sin perder su identidad, y no la búsqueda de una
ventaja para ella misma, o de llegar a un imposible “acuerdo” puramente
práctico.” [iv]
El mismo
Monseñor Fellay reconoció durante una conferencia de junio de 2012 en Ecône: “Si
es el Capítulo que lo dispone, es una ley que vale hasta el siguiente
Capítulo”.
La
precisión que aporta el Consejo general en su respuesta a la carta de los tres
obispos (14 de abril de 2012) dice: “Que quede claro de paso que
nosotros no hemos buscado un acuerdo práctico. Eso es falso. No hemos
rechazado a priori, como ustedes lo solicitan, el considerar una
oferta del Papa”, esto no los exonera de obedecer al Capítulo de 2006,
porque este Capítulo declaró “imposible un acuerdo puramente práctico”.
Siendo
que las discusiones doctrinales terminaron en fracaso, reconocido por ambas
partes, el Capítulo de 2006 no permitía sucumbir a la oferta del papa. La
unidad de la Fraternidad fue destruida porque su derecho, expresado por el
Capítulo de 2006, no fue respetado.
¿Quién
atentó contra el bien común de la Fraternidad? El Superior General y sus
Asistentes, cuando ellos escribieron:
“Por
el bien común de la Fraternidad, preferiríamos de lejos la
solución actual de status quo intermedio, pero manifiestamente, Roma ya no lo
tolera. [v]
Monseñor
Lefebvre nos dijo:
“Lo que
nos interesa primero es mantener la fe católica. Ese es nuestro combate.
Entonces la cuestión canónica, puramente exterior, pública en la Iglesia es
secundario. Lo que es importante es permanecer en la Iglesia… en la Iglesia, es
decir, en la fe católica de siempre y en el verdadero sacerdocio, en la
verdadera Misa y en los verdaderos sacramentos, en el catecismo de siempre, con
la Biblia de siempre. Eso es lo que nos interesa. Es eso lo que es la Iglesia.
Ser reconocidos públicamente, eso es secundario. Entonces no hay que buscar lo
que es secundario perdiendo lo que es primario, lo que es el primer objeto de
nuestro combate.” [vi]
El bien
común de la Fraternidad ya ha sido gravemente maltratado por los numerosos
ejemplos de ambigüedades y de doble lenguaje, que desacreditan a la autoridad.
Respecto a este doble lenguaje, un cofrade me escribió el 27 de abril de 2013: “Apruebo
esta carta de los 37 desde el fondo del corazón y podría agregar todavía más
quejas de doble lenguaje”. Yo incluí en mi Defensa estas
palabras del segundo Asistente General: “El único problema en la
Fraternidad, es Monseñor Fellay, con su discurso ad intra y su
discurso ad extra”.
“Constatar
que nos mienten, escribió Helie de Saint Marc, es una de las experiencias más
crueles para un subordinado”.
¿Es
verdad que la carta que Monseñor Fellay envió al cardenal Hoyos el 15 de diciembre
de 2008 es diferente de la que él dio a conocer a la FSSPX? [viii]
La
sedición está allí, en ese ataque contra la unidad de la Fraternidad por el no
respeto de su derecho y de su bien común más precioso. Santo
Tomás afirma que:
“El
pecado de sedición pertenece primero y a título de principio a aquellos
que excitan la sedición” II-II q. 42 a. 2 c.
Y la
respuesta a la tercera objeción, que define el régimen tiránico como: “El
que no es justo, porque no tiende al bien común…” precisando que “es
el tirano quien es sedicioso” [ix]
En el
caso de sedición, no es el hecho del que apunta el peligro con el dedo, ella es
el hecho de aquellos que promueven injustamente estas nuevas líneas de conducta
de nuestra Fraternidad. A saber:
a) El
no respeto de las prescripciones del Capítulo de 2006.
b) El
abandono del bien común de la Fraternidad bajo la presión romana, tal como fue
expresado en la carta del 14 de abril de 2012 por el Consejo General de la
Fraternidad a los tres obispos.
c) La
Declaración del 15 de abril de 2012, mantenida oculta durante un año a los
miembros de la FSSPX, y aún no publicada oficialmente para los fieles.
Estas son
las razones que han destruido la unidad de la Fraternidad atentando contra su
bien común y a su derecho expresado por el Capítulo de 2006.
Es allí,
y en ninguna otra parte, que se debe buscar la empresa sediciosa. [x]
“Ser
sedicioso, es atentar contra la unidad no respetando el derecho y el bien
común”, enseña Santo Tomas, y es solamente ahora que puede ser
citado el siguiente pasaje de este mismo artículo de la cuestión 42 de
la II-II:
“En
cuanto a aquellos que defienden el bien común resistiéndoles, ellos no deben
ser llamados sediciosos” [xi]
Esta
misma cita refuta también la inaceptable afirmación del Acta de acusación(Cap. 5,
§ 3), que pretende que:
“Este
peligro para la fe, aunque hubiera sido real, no permitía incitar a los sujetos
a la rebelión”.
¿Por
cuáles argumentos se hubiera justificado la actitud del fundador de nuestra
Fraternidad?
Y no me
digan que ustedes se declaran incompetentes sobre este asunto. Pues entonces
ustedes serían incapaces de declarar cuáles son los actos de sedición. Si
ustedes se reconocen incompetentes para apreciar la causa de los actos
incriminados, este proceso no sería otra cosa que un diálogo de sordos como todos
los procesos políticos. En este caso, para escapar al juicio de la historia, no
les quedaría otra alternativa que dimitir para rechazar el papel de ejecutantes
de una vasta puesta en escena teatral de simulación jurídica.
La
aplicación de la ley de la cual ustedes aceptaron ser los servidores, no puede
ignorar la fe, y ustedes no pueden esperar rehacer nuestra unidad más que en la
verdad.
Esto
implica retractarse explícitamente de las faltas contra la verdad, como la de
dar a entender en el Cor Unum 104 que el párrafo III-7 de la Declaración
doctrinal del 15 de abril corresponde al párrafo equivalente del Protocolo de
1988, sin precisar que la palabra legítimamente fue añadida en
2012.
Afirmar
que esta palabra legítimamente expresa el pensamiento de
Monseñor Lefebvre (“como Monseñor Lefebvre en 1988”) es atentar
gravemente contra su honor. [xii]
En razón
de las numerosas concesiones que ella hace al concilio y a las reformas
conciliares inaceptables, por sí misma, la Declaración doctrinal del 15 de
abril de 2012 constituye un peligro para la fe que legitima la revuelta, pues
esta Declaración doctrinal no es “un texto minimalista”, como dice
Monseñor Fellay en el editorial de Cor unum 102.
Por el
contrario, como lo demostró el Padre de Jorna durante el Capítulo de julio de
2012:
“Esta
declaración, por lo tanto, es profundamente ambigua y peca por omisión contra
la denuncia clara y nítida de los principales errores que proliferan en el
interior de la Iglesia y que destruyen la fe de los fieles. Esta declaración,
tal cual se presenta, deja suponer que nosotros aceptaríamos el presupuesto de
la hermenéutica de la continuidad. Tal documento, principio de un acuerdo,
volvería a este equívoco desde el comienzo y favorecería todas las desviaciones
subsecuentes”.
Querer
juzgar la no-difusión de algunas faltas de ortografía inadmisibles,
y negarse a examinar el problema de fondo, sería colar el mosquito y tragarse
el camello.
En
conclusión: permítanme decirles, Señores miembros de este tribunal, que si
ustedes reconocen y aceptan el contenido de esta Declaración doctrinal del 15
de abril de 2012, ustedes mismos participan en esta empresa sediciosa que daña
gravemente a la FSSPX, y por consecuencia, si fuera el caso, yo no podría, en
conciencia, reconocerles ninguna competencia para juzgarme, pues yo soy miembro
de una sociedad que rechaza las reformas conciliares, la legitimidad de la
promulgación de la nueva misa y el nuevo código de 1983, sea cual sea la
voluntad personal de su Superior General y de sus Asistentes.
Terminaré
con la siguiente anécdota: después de un sermón sobre las verdades evangélicas
pronunciado en presencia del rey Luis XIV, los grandes del reino reclamaron
sanciones contra el orador, que los había disgustado fuertemente por predicar
la verdad. La respuesta del rey fue la siguiente: “Él ha cumplido su
deber, cumplamos con el nuestro”.
Estimo
que he cumplido mi deber.
Compareciendo
ante ustedes sin la asistencia de un abogado y sin la presencia de testigo,
estando debilitado físicamente y de los nervios después de 225 días de soledad
moral y de suspensión de ministerio sacerdotal, ustedes comprenderán, Señores
miembros del tribunal, que desde hoy esperaré su sentencia en el silencio”.
[ii] “La sedición se opone a la
unidad de la multitud, es decir, del pueblo, de la ciudad o del Estado. San
Agustín dice: “Los sabios definien al pueblo, no como una reunión
fortuita, sino como una asociación fundada sobre la sanción de derecho y sobre
el interés común" Por lo tanto es evidente que la sedición se
opone a la justicia y al bien común…” II II q. 42 a. 2 c.
[iv] Esto corrobora
perfectamente lo que escribió el mismo Monseñor Fellay algunos días antes, en
el Cor Unum N° 84 de junio 2006: “Querer hacer lo contrario,
precipitar un acuerdo práctico sin el fundamento doctrinal, sería un suicidio”.
[viii] Monseñor Fellay supo adoptar
progresivamente un lenguaje mesurado, que hace olvidar sus declaraciones del
pasado, como los discursos agresivos de los otros obispos de la FSSPX, buscando
desarmar a la “opinión pública” episcopal (en Alemania, por ejemplo) que
deseaban bloquear la buena voluntad del Papa. Este tercer punto –decisivo pues
no hay negociación sin me das-te doy- muestra sus capacidades diplomáticas al
mismo tiempo que la debilidad de su margen de maniobra. Tomo un ejemplo:
después del levantamiento de las excomuniones, envió por fax a todos los
prioratos del mundo una “carta a los fieles” (24 de enero de 2009), conteniendo
la cita de su propia carta al Cardenal Castrillón (15 de diciembre de 2008) que
permitió el levantamiento de las censuras: “Nosotros aceptamos y hacemos
nuestros todos los concilios hasta el Vaticano II respecto al cual emitimos
reservas”. Esta formulación provocó tantas protestas que, algunos días
más tarde, una nueva versión de esta carta del 24 de enero citando también la
carta al Cardenal: “Aceptamos y hacemos nuestros todos los concilios
hasta el Vaticano I. Pero no podemos mas que emitir reservas respecto al
Concilio Vaticano II etc. Queda claro que la primera versión es la
que recibió el Cardenal Castrillón. La segunda versión es solo una traducción
para el uso de la opinión pública de la FSSPX” Vini Ganimara, redactor
en jefe del blog Osservatore Vaticano en un artículo titulado Fuerzas y
debilidades de la diplomacia de Monseñor Fellay, publicado el jueves
29 de octubre de 2009.
[ix] Esto podría complementarse
ventajosamente por el De Regno I, 3: "Un gobierno es
tanto más injusto cuanto más lejos está del bien común. "
[x] Esto es perfectamente
expresado por la carta del 27 de junio de 2012 de nuestro cofrade el Padre
Matthew Clifton.
“…Las terribles divisiones que en la actualidad socavan nuestra
Fraternidad no son el fruto de la rebelión y la desobediencia, sino que
claramente son el resultado de un cambio sísmico de principios por parte de
nuestros superiores en relación con Roma. El abandono de la seguridad y la
prudencia de la posición adoptada por la Fraternidad en la última reunión del
Capítulo General (2006), es decir, de rechazar cualquier acuerdo práctico con
las autoridades romanas, sin que exista ninguna resolución de la doctrina de
los errores del Concilio Vaticano II, ha resultado ser un desastre.
En
consecuencia, la Fraternidad que siempre estuvo unida y fuerte está fracturada
y debilitada - el hermano se está volviendo contra hermano. Ningún argumento
convincente ha sido presentado como una justificación para un cambio tan
fundamental en la posición - el Santo Padre no ha cambiado en su insistencia en
la hermenéutica de la continuidad en relación con la tradición y las enseñanzas
del último Concilio. Y, sin embargo, y ahora, tenemos simplemente que aceptar
lo contrario.
Este enfoque no podía dejar de producir el profundo malestar que en la
actualidad afecta a nuestra Fraternidad. Además, el uso indebido del secreto a
tan gran escala por nuestros superiores actuales, acompañados con privilegiar a
un pequeño grupo de partidarios de confianza de la nueva política hacia Roma,
ha servido para exacerbar esta dolorosa situación aún más.
Por lo tanto, es muy claro para mí que aquellos que verdaderamente
tienen la responsabilidad de la tormenta actual no son los que han tratado de
preservar la firmeza de nuestra Fraternidad y la profesión sin ambigüedades de
la fe católica en relación con las autoridades conciliares, sino aquellos que
optaron por abandonar la sabiduría insistiendo en una conversión real por parte
de la modernista Roma antes de pensar en un acuerdo práctico”.
En vista
de ello, la decisión del Superior General para excluir a uno de sus hermanos
obispos (elegido, como él mismo, por Su Gracia, el Arzobispo Lefebvre) de la
Reunión del Capítulo de julio, junto con su negativa a ordenar a los candidatos
de las comunidades religiosas que siempre han compartido con nosotros la misma
batalla por la tradición "hasta que su lealtad se pueda asegurar" es
profundamente inquietante e injusta. Recurrir a cada vez mayores sanciones
contra quienes se oponen a la novedad de la nueva política - mencionada por
Monseñor Fellay por primera vez en la edición de marzo de Cor Unum - sólo
servirá para crear una división cada vez más profunda y hacer aún más daño a la
Fraternidad. Por el contrario, es mi profunda convicción de que sólo un retorno
a nuestra anterior posición de insistir en una verdadera conversión doctrinal
por parte de Roma antes de cualquier acuerdo práctico, será capaz de restaurar
de nuevo la paz y unidad a nuestra sociedad sacerdotal, siempre fiel al ejemplo
y el espíritu de nuestro querido fundador, el arzobispo Marcel Lefebvre.
[xi] « Illi vero qui
bonum commune defendunt, eis resistentes, non sunt dicendi seditiosi. »
II II q. 42 a. 2 c.
[xii] Después de haber añadido él mismo la palabra legítimamente en
el párrafo III-7 de ña Declaración del 15 de abril de 2012, cómo pudo afirmar
Monseñor Fellay en su conferencia del 12 de octubre en Kansas:
“Es la misma cosa para la misa.
Ellos quieren que nosotros reconozcamos no solamente que la (nueva) misa es
válida a condición que sea correctamente celebrada, etc. sino que además que
ella es lícita. Yo les dije: No utilicemos esta palabra. Es un poco confuso,
nuestros fieles ya están suficientemente perdidos en lo que concierne a la
validez, mejor digámosles: la nueva misa es mala, y eso ellos lo comprenden.
Punto final. Por supuesto, las autoridades romanas no estuvieron muy contentas” y más adelante: “Jamás fue nuestra
intención pretender que el concilio fuera considerado bueno o que la nueva misa
sea legítima”.