P. Manuel Lacunza (Juan Josafat Ben Ezra)
El Milenarismo – I
“El sistema del Milenarismo mitigado
no puede enseñarse sin peligro”
Suprema Sagrada
Congregación del
Santo Oficio
Condena del milenarismo mitigado
(Decreto de 19-21 de julio de 1944.
A.A.S., XXXVI, 1944, p. 212.)
I.
Traducción en español, seguida del original, en
latín:
Últimamente, más de una vez se preguntó a esta Suprema
Sagrada Congregación del Santo Oficio lo que se debe pensar del Milenarismo
mitigado, que enseña que Nuestro Señor Jesucristo, antes del Juicio Final,
se produzca o no previamente la resurrección de muchos justos, vendrá
visiblemente a esta tierra para reinar.
Habiendo examinado el tema en la reunión plenaria del
miércoles 19 de julio de 1944, los Eminentísimos y Reverendísimos Señores
Cardenales encargados de velar por la pureza de la fe y de las costumbres,
después de oír la opinión de sus consultores, decretaron responder: el
sistema del Milenarismo mitigado no puede enseñarse sin peligro.
Y, al día siguiente, jueves, 20 del mismo mes y año,
Nuestro Santísimo Señor Pío XII, Papa por la Divina Providencia, en la habitual
audiencia concedida al Excelentísimo y Reverendísimo Señor Asesor del Santo
Oficio, aprobó, confirmó y mandó publicar esta respuesta de los Eminentísimos
Padres.
Dado en Roma, en el Palacio del Santo Oficio, el día 21
de julio de 1944.
[Postremis
hisce temporibus non semel ab hac Suprema S. Congregatione S. Officii quaesitum
est, quid sentiendum de systemate Millenarismi mitigati, docentis
scilicet Christum Dominum ante finale iudicium, sive praevia sive non praevia
plurium iustorum resurrectione, visibiliter in hanc terram regnandi causa esse
venturum.
Re
igitur examini subiecta in conventu plenario feriae IV, diei 19 Iulii 1944, Emi
ac Revmi Domini Cardinales, rebus fidei et morum tutandis praepositi,
praehabito RR. Consultorum voto, respondendum decreverunt, systema
Millenarismi mitigati tuto doceri non posse.
Et sequenti feria V, die 20 eiusdem mensis et
anni, Ssmus D.N. Pius divina Providentia Papa XII, in solita audientia Excmo ac
Revmo D. Adsessori S. Officii impertita, hanc Emorum Patrum responsionem
approbavit, confirmavit ac publici iuris fieri iussit.
Datum
Romae, ex Aedibus S. Officii, die 21 Iulii 1944.]
_____________
II. Comentario autorizado concomitante;
traducción seguida del original, en francés:
traducción seguida del original, en francés:
ERROR MILENARISTA
(in: Nouvelle Revue Théologique,
n.º 67, de 1945, pp. 239-241.)
n.º 67, de 1945, pp. 239-241.)
Como dan a entender las primeras palabras del documento,
a este decreto lo precedió una respuesta del Santo Oficio, datada en 11 de
julio de 1941, al Arzobispo de Santiago de Chile, país donde el error
milenarista parecía propagarse con mucha fuerza, a causa –entre otros motivos–
de una renovación del interés por el libro Venida del Mesías en gloria
y majestad, obra póstuma de J. J. Ben-Ezra (seudónimo de Manuel Lacunza)
que ya se había incluido en el Índex en 1824. Esta respuesta se encuentra
reproducida y comentada en el número del 15 de abril de 1942 de los Periodica (t.
31, p. 166-175). El decreto actual la retoma, omitiendo sin embargo esta
restricción: “secundum revelationem catholicam”, que se leía después de las
palabras: “docentis scilicet”, y substituyendo “corporaliter” por
“visibiliter”.
El decreto afirma, por tanto, que el milenarismo (o
quiliasmo), incluso mitigado o espiritual, según el cual Cristo retornaría de
forma visible a la tierra, para reinar en ella, antes del juicio final,
precedido o no por la resurrección de cierto número de justos, [el decreto
afirma] que una doctrina tal no puede enseñarse sin imprudencia respecto a la
fe. Como la respuesta de 1941 añadía: “Excellentia tua enixe vigilare curabit
ne praedicta doctrina sub quocumque praetextu doceatur, propagetur, defendatur
vel commendetur sive viva voce sive scriptis quibuscumque” [N. del T. – “Vuestra
Excelencia se ocupará de vigilar con cuidado por que, bajo pretexto alguno, no
se enseñe, propague, defienda o recomiende la mencionada doctrina, ni de viva
voz ni por ningún tipo de escrito, sea cual fuere.”], no debe entenderse el
“doceri” solamente como enseñanza o predicación públicas, sino como todo y
cualquier medio de propagar o recomendar la teoría. El decreto posee, además,
alcance doctrinal, e implica que la propia teoría no es segura desde el punto
de vista de la fe.
Bien sabido es que el milenarismo, heredado del judaísmo,
encontró durante los primeros siglos de la Iglesia ecos entre los cristianos e
incluso entre ciertos Padres: Papías, San Justino, San Ireneo, Tertuliano, San
Hipólito fueron, en diversos grados, milenaristas. No obstante, entre otros,
Orígenes, San Dionisio de Alejandría y sobre todo San Jerónimo y San Agustín se
opusieron a esta doctrina y, ya “en el Concilio de Éfeso, se menciona el
milenarismo de la siguiente manera: las divagaciones y los dogmas fabulosos del
infeliz Apolinario”… “Aunque el quiliasmo no ha sido calificado como herejía,
la sentencia común de los teólogos de todas las escuelas ve en él una doctrina
‘errónea’ a la cual ciertas circunstancias de las edades primitivas pudieron
arrastrar a algunos antiguos Padres” (Cf. E.-B. Allo, O. P., Saint
Jean, L’Apocalipse, 3ª. edición, pp. 307-329). La fe de la Iglesia no
conoce sino dos venidas de Cristo, y no tres. El principal texto sobre el cual
se apoyan los milenaristas es el difícil capítulo 20 del Apocalipsis de San
Juan; sin embargo, sea cual fuere su sentido, debatido entre exégetas, ningún
comentador católico sostiene la interpretación milenarista.
G. GILLEMAN, S.I.