Fuente: DICI (órgano
informativo oficial de la Casa General de la FSSPX) Nuestros comentarios están
escritos en color rojo.
ANÁLISIS DE LA CARTA DE LA
COMISIÓN ECCLESIA DEI SOBRE LOS MATRIMONIOS DE LOS FIELES DE LA FSSPX
Matrimonios válidos incuestionables
El 1° de septiembre de 2015, el
papa anunció que todos los fieles que se confesaran durante el Año Santo de la
Misericordia con los sacerdotes de la FSSPX, recibirían “una absolución válida
y lícita de sus pecados”. En un comunicado publicado el mismo día, la Casa
general de la Fraternidad agradecía al papa recordando: “En el ministerio del
sacramento de la Penitencia, ella siempre se ha apoyado, con absoluta certeza,
en la jurisdicción extraordinaria que confieren las Normae generales del
Código de Derecho Canónico. [Pero Ménzingen no dijo nada parecido a esto en su
apresurado agradecimiento del
mismo 4 de abril. En éste, como de costumbre, no omitió las alabanzas al
demoledor Francisco] Con ocasión de este Año Santo, el Papa
Francisco quiere que todos los fieles que desean confesarse con los sacerdotes
de la Fraternidad San Pío X puedan hacerlo sin ser importunados”. [En la agradecida
respuesta del 4 de abril, Ménzingen dice algo parecido: “El Papa Francisco
quiere evidentemente que, como en el caso de las confesiones, todos los fieles
que deseen contraer matrimonio en presencia de un sacerdote de la Fraternidad
San Pío X, puedan hacerlo sin inquietud sobre la validez del sacramento”; aunque
en ninguna parte del documento de Ecclesia Dei se dispone que “todos los
fieles que deseen contraer matrimonio en presencia de un sacerdote de la FSSPX,
puedan hacerlo”, sino que -por el contrario- pone esa decisión en las
manos (o en las garras, mejor dicho) de los Obispos modernistas]
El 20 de noviembre de 2016, la
Carta apostólica del papa Francisco, Misericordia et mísera (n°
12) extendía más allá del Año de la Misericordia la facultad de confesar
acordada el 1º de septiembre de 2015. Si la situación de crisis que atraviesa
la Iglesia desgraciadamente es todavía la misma, la persecución que privaba
injustamente a los sacerdotes y los fieles de la jurisdicción ordinaria ha
cesado, puesto que ha sido conferida por el soberano pontífice. [“La persecución… ha cesado”. Eso, en el caso de
los Tradicionalistas, es más un motivo de preocupación que un motivo de
satisfacción, según estas palabras de Cristo: "Bienaventurados los
que son perseguidos por causa de la justicia, pues de ellos es el Reino de los
Cielos. Bienaventurados seréis cuando os insulten y persigan, y digan todo
género de mal contra vosotros mintiendo, por causa de Mí. Regocijaos y
alegraos, porque vuestra recompensa en los cielos es grande, porque así
persiguieron a los profetas que fueron antes que vosotros." (Mt
5, 10-12)]
El 4 de abril de 2017, se hizo
pública una carta del Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la fe y
presidente de la Comisión pontifical Ecclesia Dei dirigida a los Ordinarios de
las conferencias episcopales. El cardenal Gerhard Ludwig Müller recuerda allí
la decisión del papa Francisco de “conceder a todos los sacerdotes del
mencionado Instituto las facultades para confesar válidamente, asegurando la
posibilidad de que la absolución sacramental de los pecados por ellos
administrada sea recibida válida y lícitamente”. Enseguida anuncia las nuevas
disposiciones del Santo Padre que, en el mismo espíritu, “ha decidido autorizar
a los Reverendísimos Ordinarios a que concedan las licencias para asistir a los
matrimonios de fieles que siguen la actividad pastoral de la Fraternidad”
(Carta del 27 de marzo de 2017)[1].
Los obispos del lugar, “siempre
que sea posible”, delegarán un sacerdote de la diócesis para recibir, según el
rito tradicional, los consentimientos antes de la celebración de la misa por el
sacerdote de la Fraternidad, o podrán “conceder directamente las facultades
necesarias a un sacerdote de la Fraternidad que celebrará también la Santa
Misa”. [Con lo que, en adelante y gracias al
traidor asentimiento de Mézingen, para la recepción del consentimiento
matrimonial habrá una “forma ordinaria” (si lo recibe un
sacerdote novus ordo) y una“forma extraordinaria” o excepcional (si
el que lo recibe es un sacerdote de la FSSPX)]
El Cardenal Müller termina su
carta recordando cuál es la intención del papa. [¿Así que se debe creer en la palabra de un hereje como
el Card. Müller?] Por una parte,
se propone remover “la falta de certeza sobre la validez del sacramento de
matrimonio” contraído ante un sacerdote de la Fraternidad. Recibiendo la
delegación del obispo, ya no puede ser considerado como irregular al celebrar
un matrimonio. Por otra parte, el papa se propone “avanzar hacia la plena
regularización institucional”. Y de hecho la carta del cardenal menciona que
“la situación canónica de la Fraternidad S. Pío X continúa siendo, por
el momento, objetivamente ilegítima”.
Todo el mundo podrá apreciar la
habilidad [noten
esta palabra “habilidad”. “Astucia” es la apropiada, pero la FSSPX gusta de
usar un lenguaje “políticamente correcto”, desde el 2012. En fin, si la FSSPX
quiera ser regularizada por la Roma hereje, debe alabar a Roma como si ella no
fuera hereje, y por eso las loas a la “habilidad” de los modernistas romanos]consistente
en dar los poderes de confesar o de recibir los consentimientos matrimoniales,
o dicho de otro modo, a regularizar -por lo menos ad casum- el
ministerio de los sacerdotes de una sociedad eclesiástica “irregular”. [Pese a las
comillas, en este pasaje hay un tan cobarde como traidor reconocimiento de que
la FSSPX necesita ser regularizada] De todos modos, estas nuevas
medidas del papa toman nota de la realidad del apostolado realizado por la
FSSPX en todos los países donde ella está implantada, y lo alienta de cierta
manera. [Más
comentarios llenos de benevolencia respecto del Papa más heterodoxo y
escandaloso de toda la historia de la Iglesia]
La validez de los matrimonios de
la Fraternidad San Pío X
En adelante, así como ya no es
necesario recurrir a una jurisdicción extraordinaria para confesar válidamente,
ya no es necesario recurrir al estado de necesidad para recibir válidamente los
consentimientos, a menos que el obispo se oponga a las nuevas disposiciones
negando la delegación querida por el papa. [¡Notable! Ahora la existencia del estado de necesidad
causado en la Iglesia por la herejía modernista imperante desde el Vaticano II,
¡depende de la voluntad de los Obispos herejes modernistas!]
Esto no quiere decir que el
estado de grave necesidad haya cesado, sino que las autoridades de la Iglesia
ya no niegan a la Tradición algunos medios para desarrollarse. [¿Se puede escribir algo más ambiguo que este pasaje? Si
Mons. Fellay realmente entendiera lo que es el estado de necesidad causado en
la Iglesia por la herejía modernista, jamás habría aceptado el “regalo” romano
del 4 de abril. Pero un liberal como Mons. Fellay no puede entender la
verdadera gravedad de la crisis por la que, desde el último y fatídico
concilio, atraviesa la Iglesia] La
misa de antes del Concilio ha sido reconocida en 2007 como no habiendo sido
jamás abrogada. Las injustas censuras que pesaban sobre los obispos de la
Fraternidad han sido levantadas en 2009. El no reconocimiento del ministerio
válido de sus sacerdotes en el sacramento de la penitencia ha cesado en 2015.
La presunta irregularidad del sacerdote de la Fraternidad, testigo autorizado
para el sacramento de matrimonio, ya ha sido levantada por el bien de los
esposos. [Con el ilícito y altísimo costo de tener
que soportar, desde ahora y entre otras cosas, la intromisión del clero hereje
modernista en la celebración de los matrimonios y en la vida de los Prioratos]
Por lo que, así como el
sacramento de penitencia no era conferido de manera inválida por los sacerdotes
de la FSSPX antes de 2015, igualmente los matrimonios celebrados por ellos, sin
delegación oficial del obispo del lugar o del Párroco, no lo eran tampoco. [Muy de acuerdo. Y entonces, ¿por qué no se aclaró eso a
Roma en el agradecimiento del 4 de abril? Respuesta: porque es evidente que
todos esos “regalos” de Roma a la Fraternidad se ordenan al logro del acuerdo
traidor que neutralizará para siempre a la FSSPX. Por eso el lenguaje de la
FSSPX para con Roma apóstata, en esa clase de comunicaciones, debe ser muy
amable y elogioso]
El derecho de la Iglesia prevé en
efecto que, para ser válido, el matrimonio debe ser celebrado ante el Párroco o
su delegado, y ante por lo menos dos testigos (Código de 1917, canon 1094;
Código de 1983, canon 1108). Ahora bien, los sacerdotes de la FSSPX no son
Párrocos. Esta es la razón por la cual algunos quisieran sostener que, en
ausencia de la delegación, un sacerdote de esta sociedad eclesiástica no puede
recibir los consentimientos. Tal matrimonio sería inválido por defecto de
forma canónica. [Y precisamente para evitar eso, la FSSPX, hasta el 4 de abril, contaba
con tribunales de suplencia y disponía otras medidas (ver acá)]
Sin embargo, el mismo derecho de
la Iglesia prevé (Código de 1917, canon 1098; Código de 1983, canon 1116) la
situación extraordinaria siguiente: “Si, sin grave inconveniente, no es posible
tener o no se puede acudir a un asistente competente según el derecho”. Si se
prevé que esta situación dure al menos un mes, entonces la Iglesia declara
válido el matrimonio celebrado ante sólo los testigos. Si un sacerdote no delegado
puede estar presente, debe ser llamado para recibir los consentimientos. Esta
legislación es una simple aplicación de los principios fundamentales de
derecho: La ley suprema es la salvación de las almas, y los
sacramentos son para los hombres bien dispuestos.
Y si acaso alguna duda
subsistiera sobre esta situación extraordinaria, habría que responder que, en
caso de duda, la Iglesia suple la jurisdicción (Código de 1917, canon 209;
Código de 1983, canon 144). Estando disipada toda duda, los matrimonios
celebrados en la FSSPX, incluso sin delegación, han sido ciertamente válidos,
en vista del estado de necesidad. [Con esta categórica última afirmación había que haber
respondido a Roma, y no con el rastrero agradecimiento del 4 de abril. Todo el
mundo leyó esa respuesta de la FSSPX; en cambio, este “análisis”, será leído
por muy pocos. Él es una “respuesta corregida” para el “consumo interno”. Como
podemos ver con esta “respuesta doble” de la Fraternidad a Roma, el doble
lenguaje ha adquirido derechos de ciudadanía en la FSSPX desde el
2012. La única respuesta coherente con sus antiguos principios, la única
respuesta fiel a la línea con Mons. Lefebvre que la FSSPX podía dar el 4 de
abril, era esta: “No aceptamos”. "Por el hecho de que la Jerarquía se aleja en gran parte
de la fe católica, los fieles no pueden generalmente recibir de ella los
socorros espirituales sin peligro en la fe" (cita de
las Ordenanzas de la FSSPX).“Mientras las autoridades romanas actuales estén
imbuidas del ecumenismo y del modernismo y que el conjunto de sus precisiones y
el nuevo derecho canónico estén influenciados por estos falsos principios, será
preciso instituir autoridades de suplencia, guardando fielmente los principios
católicos de la Tradición católica y del Derecho canónico. Es el único medio de
permanecer fieles a Nuestro Señor Jesucristo, a los Apóstoles y al depósito de
la fe transmitida a sus sucesores que permanecieron fieles hasta el Vaticano
II.” (palabras de
Mons. Lefebvre citadas en las Ordenanzas de la FSSPX). "La iglesia
liberal y modernista que ocupa la verdadera Iglesia reducida al silencio, no
tiene ningún derecho a ser obedecida. De hecho es necesario desobedecerle
porque sus órdenes y sus orientaciones no son las de la Iglesia Católica.
Destruyen la Iglesia. Nosotros no podemos colaborar a la destrucción de la
Iglesia, no queremos convertirnos en protestantes." (Mons.
Lefebvre, 19-7-1975).]
El estado de necesidad permanece
Este estado de grave necesidad en
la Iglesia no ha desaparecido. No se trata de negar la terrible realidad.
En efecto, desde el concilio
Vaticano II y sobre todo el nuevo Código de derecho canónico de 1983, el fin
primario del matrimonio que es la procreación y la educación de los hijos, es
rebajado respecto a la ayuda mutua de los esposos, en una concepción
personalista de la dignidad del amor que degrada el primado del bien común de
esta sociedad que es la familia.
El reciente Sínodo sobre la
familia es otra triste ilustración de la permanencia de este estado de
necesidad. Así como las escandalosas declaraciones de los prelados y dignatarios
eclesiásticos respecto a los concubinos y los homosexuales, que quisieran hacer
creer que estas uniones contienen “valores positivos”, y que incluso serían
conciliables con la santidad del matrimonio.
Recordamos igualmente la Súplica
de Mons. Bernard Fellay dirigida al Santo Padre el 15 de septiembre de 2015,
luego de la publicación del documento pontifical Mitis Judex (15
de agosto de 2015): “Las recientes disposiciones canónicas del Motu Proprio
facilitando las declaraciones de nulidad aceleradas, queriendo abrir la
puerta de facto a un procedimiento de divorcio católico que no
dice su nombre”.
Finalmente, ciertas afirmaciones
de la Exhortación apostólica Amoris lætitia respecto a
los divorciados vueltos a “casar”, que podrían acercarse a los sacramentos de
penitencia y Eucaristía viviendo maritalmente, siguen siendo piedras de
tropiezo para la conciencia católica.
Por todas estas razones, los
fieles se encuentran en una situación de necesidad que les permite recurrir a
los sacerdotes de la Tradición. [¿Pero qué clase de estado de necesidad hay
ahora, si el mismo clero supuestamente antimodernista, desde el 4 de abril va a
obligar a los fieles tradicionalistas a dar el consentimiento matrimonial ante
un sacerdote modernista? “El estado de necesidad, como lo explican los
juristas, es un estado en el cual los bienes necesarios para la vida natural o
sobrenatural se encuentran amenazados de tal forma que uno se encuentra
moralmente constreñido a infringir la ley para salvaguardarlos” (definición
delestado de necesidad en el libro de Mons. Lefebvre, La
Tradición "excomulgada").] En
virtud de la legislación de la Iglesia, su matrimonio es ciertamente válido.
Que hoy el papa pida a los obispos el facilitar este recurso a la jurisdicción
ordinaria, asegurando la regularidad del testigo autorizado que es el sacerdote
que recibe el consentimiento de los esposos, no hace cesar el estado objetivo
de crisis de la Iglesia. [Si los matrimonios celebrados en la FSSPX antes del 4 de
abril son “ciertamente válidos”, había obligación de rechazar la carta de
Ecclesia Dei del 4 de abril. Pero con su aceptación, la misma FSSPX desmiente
que exista un verdadero estado de necesidad, y también
desmiente -de paso- estas palabras de Mons. Lefebvre, que vale la pena reiterar
una vez más: “Mientras las autoridades romanas actuales estén imbuidas del
ecumenismo y del modernismo y que el conjunto de sus precisiones y el nuevo
derecho canónico estén influenciados por estos falsos principios, será preciso
instituir autoridades de suplencia, guardando fielmente los principios
católicos de la Tradición católica y del Derecho canónico. Es el único medio de
permanecer fieles a Nuestro Señor Jesucristo, a los Apóstoles y al depósito de
la fe transmitida a sus sucesores que permanecieron fieles hasta el Vaticano
II.”]
No hay duda en cuanto a que, en
la hipótesis en que el Ordinario se niegue a designar un sacerdote delegado y a
“conceder directamente las facultades necesarias a un sacerdote de la
Fraternidad”, éste celebraría válidamente en virtud de este estado de
necesidad, mientras que el obispo se opusiera de manera manifiesta a la
voluntad del jefe supremo de la Iglesia.[Claro que, desde el 4 de abril, ese sacerdote de la FSSPX se
arriesga a tener un conflicto grave con sus superiores. Que el obispo se “oponga
de manera manifiesta a la voluntad del jefe supremo de la Iglesia” no
es el punto, pues eso es precisamente lo que hizo Mons. Lefebvre con sobrada
justificación. El punto es este otro: el liberalismo y la herejía
modernista que imperan en el clero oficial. Esto es lo que funda el estado
de necesidad y la consecuente jurisdicción de suplencia en la FSSPX.
Eso es lo que, por constituir un peligro para la fe, obliga a evitar, salvo en
muy raras excepciones, el contacto con la Jerarquía oficial, según lo que siempre se
enseñó en la misma Fraternidad. Esto es lo que hace absolutamente
inaceptable el establecimiento de una colaboración formal y permanente entre el
clero tradicionalista y el clero modernista en cuanto a la recepción del
consentimiento matrimonial. Esto es lo que la FSSPX ha olvidado]
Aplicación de las disposiciones
romanas
El papa Francisco quiere que los
sacerdotes de la FSSPX puedan celebrar los matrimonios ciertamente lícitos y
válidos, sin cuestionamiento posible, por el bien de los esposos. [1° ¿Seguro que el
culpable de las nulidades canónicas express y de la comunión
eucarística para adúlteros y concubinos pretende “el bien de los esposos”? 2°
La carta de Ecclesia Dei no dice eso, sino lo contrario: en adelante y por regla
general, los sacerdotes novus ordo estarán encargados de celebrar los
matrimonios de los fieles de la FSSPX, en lo que respecta al rito
esencial del intercambio de los consentimientos] “Es de desear que todos los obispos
compartan la misma solicitud pastoral”, afirmó el comunicado de la Fraternidad
del 4 de abril. Es igualmente de desear que los tribunales eclesiásticos ya no
puedan pronunciar anulaciones por “vicio de forma canónica” de los matrimonios
celebrados en la Tradición. Haciendo cesar este escándalo que la Rota romana
tolera desde hace mucho tiempo, el papa procura también un gran bien. [¿Un gran bien?
¿Cuántos matrimonios celebrados en la FSSPX han sido declarados (indebida o
injustamente) nulos por Roma? Ciertamente son poquísimos. ¿Qué es esa cantidad
ínfima, comparada con las muchísimas anulaciones de matrimonios válidamente
celebrados en el novus ordo desde el concilio satánico? ¿Qué hizo o que hace
Francisco contra este enorme mal? ¡Pues aumentarlo dictando normas que ahora
permiten hablar de nulidades matrimoniales express en la
Iglesia y de divorcio católico! (veracá y acá).
Pero no: según la ahora ciega FSSPX, Francisco, el gran destructor, está del
lado de los bomberos, no de los incendiarios
Las disposiciones nuevas, que
permiten obtener la delegación del Ordinario, no significan que son los
sacerdotes diocesanos quienes prepararán, organizarán o celebrarán los
matrimonios [sí los celebrarán en la parte
correspondiente a la ceremonia de l a expresión del consentimiento]. De hecho, los sacerdotes de la Tradición no
podrían confiar los fieles que se acercan a ellos para prepararse santamente al
matrimonio, a ciertos [nótese: “ciertos”, como insinuando que son unos pocos en el
conjunto del clero modernista] sacerdotes
que profesan malos principios y que pueden poner en peligro la fe de los
futuros esposos, inculcándoles una concepción errónea del sacramento del
matrimonio cristiano. El papa Francisco quiere solamente que los Ordinarios den
las delegaciones a los sacerdotes de la Fraternidad [falso: quiere eso sólo "allí donde ello no sea
posible o no haya sacerdotes de la Diócesis que puedan recibir el
consentimiento de las partes". Curiosa y reiterada “equivocación” en
este análisis de la FSSPX ]: su
enfoque es esencialmente jurídico. Como lo declaró el P. Cédric Burgun,
vicedecano de la Facultad de Derecho canónico de París [otro liberal y modernista (pero de los peligrosos, dado el
cargo que detenta) presentado en este texto, por Ménzingen, como
una muy respetable autoridad. Este sabio canonista afirma que
la FSSPX es cismática y que los matrimonios celebrados por ésta son de dudosa
validez, en la misma entrevista que
cita este "análisis" de Ménzingen: "hay una duda sobre
la validez de los matrimonios celebrados por la Fraternidad Sacerdotal Santo
Pío X desde el cisma, ya que para la validez del matrimonio, la Iglesia
católica considera no sólo el consentimiento de los esposos sino que a los
sacerdotes que reciben estos consentimientos en nombre de la Iglesia"]: “El papa no resuelve la cuestión del debate
doctrinal. Pero retira las ambigüedades sobre la cuestión de derecho y vuelve
válidos, y lícitos, estos matrimonios que serán celebrados bajo las condiciones
establecidas por Roma”. (RCF, 5 abril 2017). [“El
papa no resuelve la cuestión del debate doctrinal” y la FSSPX responde
escabullendo, igual que Francisco, la cuestión doctrinal de fondo, e
introduciendo, de paso, un estado de extrema ambigüedad, inseguridad y
confusión en la normativa de la misma FSSPX relativa a matrimonios
(sobre el caos jurídico que el “preacuerdo” del 4 de abril ha generado en la
Fraternidad, leer acá)]
La aplicación de las
disposiciones podrá resultar delicada en caso de que sea un sacerdote diocesano
quien reciba los consentimientos. [Pero, repetimos, esta es la “forma ordinaria”acordada
ahora por Roma y la FSSPX para recibir el consentimiento matrimonial en los matrimonios
de los feligreses de la Fraternidad. La “forma extraordinaria” o
excepcional consiste (desde el 4 de abril) en que un sacerdote de la FSSPX
reciba ese consentimiento] Parece, sin embargo, fácil manifestar la
incomodidad que habría para los futuros esposos de intercambiar su
consentimiento ante un sacerdote que no conocen, y que probablemente no
volverán a ver en toda su vida. [¡Y que es un hereje modernista, un destructor objetivo de la
Fe y de la Iglesia, y, en fin, un verdadero y propio ministro del demonio, en
cuanto liberal y hereje!] Muchos
desean justamente que un sacerdote conocido y estimado, algunas veces su
pariente, celebre sus esponsales y su matrimonio. [¿Así que desde ahora estas consideraciones sentimentales
reemplazan a los argumentos de orden teológico y jurídico fundados en el estado
de necesidad?] La “medida de
lo posible” de la cual habla el documento romano es bastante amplia para hacer
valer ante el obispo del lugar las dificultades prácticas de su aplicación.
Tanto más cuando está previsto que “puede conceder directamente las facultades
necesarias a un sacerdote de la Fraternidad”. Lo ideal sería que el obispo, por
las buenas razones pastorales, dé la delegación pura y simplemente a los
sacerdotes de la Fraternidad para celebrar los matrimonios de sus fieles. [¿Y si es tan claro que eso es “lo ideal”, por qué no lo
mencionó Mons. Fellay en su respuesta del 4 de abril a Roma?] El
envío de la notificación del matrimonio a la diócesis requerido en la carta
publicada el 4 de abril de 2017, no plantea ningún problema pues esto ya se
hace en todos los distritos de la Fraternidad.
Para que estas disposiciones
romanas en favor [¿?] de los
matrimonios en la Tradición puedan ser recibidas sin duda ni ambigüedad (¡!) por todos
los sacerdotes, el Superior general, Mons. Bernard Fellay, ha pedido a los
canonistas y a los pastores que tienen larga experiencia en el ministerio, el
redactar -bajo la autoridad de la Casa general- un directorio definiendo una
disciplina común para todos los distritos de la FSSPX. [Que sin duda permanecerá secreto por razones obvias…]
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[1] El papa se dirige a los obispos porque la
delegación depende del poder de los obispos o del cura párroco. Cf. Concilio de
Trento, decreto Tametsi, 11 de noviembre de 1563, Dz 1816. A
diferencia del sacramento de la confesión que concierne al fuero interno, el
matrimonio concierne al fuero externo, como todos los actos públicos y sociales
de los hijos de la Iglesia. Las disposiciones apuntan a los fieles de la FSSPX
y en sentido ascendente al ministerio de sus sacerdotes.