FUENTE: LE SEL DE LA TERRE
N° 79
PEQUEÑO CATECISMO SOBRE EL
SEDEVACANTISMO
por Dominicus
Una primera
edición de este pequeño catecismo apareció en Le Sel de la terre 36.
Esta segunda edición, revisada y notablemente aumentada, tiene en cuenta los
debates y las objeciones suscitadas por la primera edición.
Le Sel de la terre.
Introducción: entre Escila y
Caribdis
En el estrecho de
Mesina, entre Sicilia e Italia, hay dos arrecifes formidables: Caribdis y
Escila. Para atravesarlos, hay que evitar ambos escollos. Muchos navegantes
imprudentes o inhábiles, queriendo evitar uno, naufragaban en el otro: cayeron
entre Escila y Caribdis.
Actualmente, ante
la crisis en la Iglesia, hay dos errores a evitar: el modernismo (que poco a
poco nos hace perder la fe) y el sedevacantismo (que tiende hacia el cisma). Si
queremos permanecer católicos, hay que pasar entre la herejía y el cisma, entre
Caribdis y Escila. [Nota
del blog: los autores de este texto no pretenden poner al modernismo y al
sedevacantismo en el mismo plano. El modernismo es una verdadera y propia
herejía, mientras que el sedevacantismo plantea una hipótesis que es probable
pero que tiende a desviar a las almas hacia el cisma]
En este “Pequeño catecismo”, estudiaremos uno de
los dos arrecifes. Pero no hay que olvidar el otro. No se debe, con el pretexto
de evitar los peligros del sedevacantismo, minimizar los peligros del modernismo
transmitido por la iglesia conciliar.
La
posición de Monseñor Lefebvre
La posición que
vamos a exponer aquí es la de Monseñor Lefebvre y la que Avrillé siempre ha
defendido.
He aquí un breve
resumen:
1) Monseñor
Lefebvre se planteó públicamente la cuestión:
"Nos encontramos verdaderamente frente a un
dilema gravísimo, que creo no se planteó jamás en la Iglesia: que quien está
sentado en la Sede de Pedro participe en cultos de falsos dioses; creo que esto
no sucedió jamás en toda la historia de la Iglesia (Pascua de 1986). Si el Papa
fuese apóstata, hereje o cismático, según la opinión probable de algunos
teólogos (si fuese verdadera), el Papa no sería Papa y, por consiguiente,
estaríamos en la situación de “Sede Vacante”. Esta es una opinión. No
digo que no pueda tener algunos argumentos en su favor, alguna probabilidad
(18-3-1977). No es imposible que esta hipótesis sea un día confirmada por la
Iglesia. Pues cuenta con argumentos serios. Numerosas
son en efecto las acciones de Paulo VI que, de haber sido realizadas por un
Obispo o un teólogo, hace veinte años, hubieran sido condenadas como
sospechosas de herejía, favorecedoras de herejía (24-2-1977).
2) Sin embargo,
después de reflexionar, prefirió la solución contraria:
“Pero yo no creo
que esta sea la solución que debemos tomar, que debemos seguir. Por el momento, creo que sería un error
seguir está hipótesis (18-3-1977). Pero esto no quiere decir que esté
absolutamente cierto de tener razón en la posición que adopto. Asumo una
actitud prudencial. Es en este orden que me ubico, más que en el orden
puramente teológico, puramente teórico. Pienso que Dios nos pide no solamente
tener las ideas claras desde el punto de vista teórico y teológico, sino
también en la práctica, cuando las cosas son difíciles y delicadas desde todo
punto de vista; obrar conforme a una cierta sabiduría, a una cierta prudencia
que puede aparecer un poco en contradicción con ciertos principios, no ser de
una lógica absoluta (5-10-1978). Mientras no tenga la
evidencia de que el Papa no sea Papa, tengo la presunción por él. No digo que
no haya argumentos que puedan poner una cierta duda. Pero es necesario tener la
evidencia: no es suficiente una duda, incluso si es válida. Si el argumento es
dudoso, no hay derecho a sacar conclusiones que tienen consecuencias enormes (16-1-1979). La Fraternidad no
acepta (esta) solución. Apoyada sobre la historia de la Iglesia y sobre la
doctrina de los teólogos, piensa que el Papa puede favorecer la ruina de la
Iglesia escogiendo y dejando actuar a malos colaboradores, firmando decretos
que no comprometen su infalibilidad, a veces por voluntad propia, y que causan
un daño considerable a la Iglesia. Nada es más peligroso para la Iglesia que
los papas liberales, que están en una incoherencia continua (13-9-1982). En la
práctica esto no tiene influencia sobre nuestra conducta, porque rechazamos
firmemente todo aquello que va contra la fe, sin saber incluso quién es el
culpable (5-10-78).
Preguntas
y respuestas.
¿De qué hablamos?
—
¿Qué es el sedevacantismo?
El sedevacantismo
es la opinión de aquellos que piensan que los últimos papas, desde el concilio,
no son verdaderos papas. En consecuencia, la sede de Pedro no está ocupada, lo
que se expresa en latín por la fórmula « Sede vacante ».
—
¿De dónde viene esta opinión?
Esta opinión es
ocasionada por la gravísima crisis que se desarrolla en la Iglesia desde el
último concilio, crisis que Monseñor Lefebvre llamaba justamente “la tercera
guerra mundial”.
Esta crisis tiene
por causa principal la falla de los pontífices romanos que enseñan o dejan
propagar los más graves errores sobre las cuestiones del ecumenismo, la
libertad religiosa, la colegialidad, etc.
Los
sedevacantistas piensan que los verdaderos papas no podrían ser responsables de
tal crisis, y por consecuencia consideran que ellos no son “verdaderos papas”.
—
¿Podría explicar brevemente en qué consiste esta crisis en la Iglesia?
Lo haré citando al
Padre Gleize:
Lo que más habla,
son los discursos publicados regularmente en el Osservatore Romano y que
reafirman sin cesar el principio de la libertad religiosa, de la laicidad de
los Estados y del ecumenismo, principio que está en contradicción formal con la
enseñanza constante y unánime del magisterio pontifical anterior al Vaticano II
(…). Por el pasado, pudo suceder que los papas no hayan estado a la altura de
su misión. Pudieron faltar una vez u otra a su papel de pastor, poniendo en
peligro más o menos grave, más o menos directo, la unidad de la fe en la santa
Iglesia. Pero esta actitud se explica por motivos de orden esencialmente moral.
Ninguno de estos papas estuvo apegado al error por convicción intelectual.
Todos ellos faltaron sin dar una adhesión forzosamente intelectual al error, y
esto vino tanto por una falta de valor en medio de la persecución, como con
Liberio, como de una cierta ingenuidad y de un exceso de conciliación, como con
Honorius y Virgilio, así como una especie de intemperancia teológica como en
Juan XXII. La actitud más grave de todas, la del papa Honorio, mereció la
censura favens hæresim. No fue condenado como un hereje formal. (…)
Pero respecto a estos casos aislados, la actitud constante de todos los papas
desde el concilio Vaticano II presenta otro aspecto. La prédica cotidiana de los
soberanos pontífices está constantemente manchada con los falsos principios de
la libertad religiosa, del ecumenismo y de la colegialidad. Estos son errores
graves, y son la consecuencia de esta “herejía del siglo XX”, retomando la
frase de Madiran, la herejía del neo modernismo. Errores constantes y
repetidos, de Juan XXIII y Paulo VI a Benedicto XVI, errores que no son
consecuencia de una debilidad o de una ingenuidad pasajeras, sino que por el
contrario, son la expresión de una adhesión de la inteligencia, la afirmación
de una convicción reflexionada detenidamente. Es por eso que esta situación es
sin precedentes[i].
— ¿Todos los
sedevacantistas están de acuerdo entre ellos?
No, ni mucho
menos. Dispersados, los sedevacantistas lo son al menos según seis líneas de
separación:
–
Vacancia total / vacancia formal y permanencia material (tesis de
« Cassiciacum »);
–
Aceptación de las consagraciones sin mandato apostólico / rechazo de esas
consagraciones;
–
Ponen fuera de la Iglesia a todos aquellos que no son sedevacantistas / rechazo
de esa posición;
–
Las leyes eclesiásticas conservan su fuerza imperativa / las leyes están
privadas de fuerza ejecutoria;
–
Aceptación del principio de un cónclave fuera de la línea romana / rechazo de
tal posibilidad;
–
La vacancia de la autoridad dura desde la muerte de Pio XII / desde Pacem
in terris / desde la muerte de Juan XXIII / desde la proclamación de
la libertad religiosa (7 de diciembre de 1965) [y nuestro sedevacantista olvidó
otra teoría: desde que Paulo VI fue reemplazado por un impostor].
Esto nos da, salvo
error, 160 posibilidades.
Pero lo que es
común en todos los sedevacantistas, es que ellos piensan que no se debe rezar
públicamente por el papa.
Los
argumentos de los sedevacantistas
— ¿Sobre cuáles
argumentos fundan sus teorías los sedevacantistas?
Ellos tienen
argumentos a priori y argumentos a posteriori.
A priori, dicen ellos, el papa siendo hereje, no puede ser
verdadero papa. Lo que puede probarse de manera teológica (un hereje no puede
ser jefe de la Iglesia, o Juan Pablo II es hereje, por lo tanto…) o de manera
jurídica (las leyes de la Iglesia invalidan la elección de un hereje, o el
cardenal Wojtyla –o Ratzinger- era hereje al momento de la elección, por lo
tanto…).
A priori, dicen también, el “papa” actual, habiendo
sido consagrado obispo con el nuevo rito de consagración episcopal inventado
por Paulo VI, no es obispo. O, para ser papa, hay que ser obispo de Roma. Por
lo tanto…
A posteriori, dicen ellos finalmente, se constata que los actos
llevados a cabo por los papas son malos o erróneos, siendo que debían estar
cubiertos por la infalibilidad. Por lo tanto estos papas no son verdaderos
papas.
El
argumento teológico de la herejía del papa
—
¿No es verdad que un papa que se convierte en hereje pierde el pontificado?
San Roberto
Belarmino dice que un papa que se haga hereje de manera formal y
manifiesta perdería el pontificado. Para que eso se aplique a Juan
Pablo II, se necesitaría que fuera hereje formal, es decir,
rechazando conscientemente el magisterio de la Iglesia; y además que esta
herejía formal sea manifiesta a los ojos de todos. Pero si los
papas desde Paulo VI, y sobre todo Juan Pablo II[ii], hacen muy frecuentemente
afirmaciones heréticas o que conducen a la herejía, no es fácil demostrar que
ellos tienen conciencia de rechazar un dogma de la Iglesia. Mientras no haya
una prueba cierta, es más prudente abstenerse de juzgar. Fue la manera de
actuar de Monseñor Lefebvre.
—
Un católico que esté convencido que Juan Pablo II es hereje de manera formal y
manifiesta, ¿debe entonces concluir que ya no es papa?
No, pues según la
opinión “común” (Suárez), o la “más común” (Billuart), los teólogos piensan que
incluso un papa hereje puede continuar ejerciendo el papado. Sería necesario,
para que pierda su jurisdicción, una declaración de los obispos católicos
(únicos jueces de la fe, fuera del papa, por voluntad divina) constatando la
herejía del papa[iii]. “Según la opinión más común,
Cristo, por una providencia particular, por el bien común y la tranquilidad de
la Iglesia, continúa dando jurisdicción a un pontífice incluso manifiestamente
hereje, hasta que sea declarado hereje manifiesto por la
Iglesia” (Billuart, De Fide, diss. V, a. III, § 3, obj. 2).
En una materia tan
grave, no es prudente ir en contra de la opinión común.
— Pero, ¿cómo un
hereje, que ya no es miembro de la Iglesia, puede ser su jefe o su cabeza?
El Padre
Garrigou-Lagrange, apoyándose en Billuart, explica en su tratado De
Verbo Incarnato (p. 232) que un papa hereje, no siendo miembro de la
Iglesia, puede continuar siendo la cabeza. En efecto, lo que es imposible en el
caso de una cabeza física es posible (aunque anormal) para una
cabeza moral secundaria. “La razón para ello es que –mientras que
una cabeza física no puede ejercer influencia sobre los miembros sin recibir el
influjo vital del alma-, una cabeza moral, como lo es el pontífice (romano),
puede ejercer una jurisdicción sobre la Iglesia misma si él no recibe del alma
de la Iglesia ninguna influencia de fe interna y de caridad”.
En resumen, el
papa es constituido miembro de la Iglesia por su fe personal que él puede
perder, pero es la cabeza de la Iglesia visible por la jurisdicción y el poder
que pueden permanecer al mismo tiempo que una herejía.
—
¿Y qué pensar de su argumento canónico?
Los
sedevacantistas se apoyan sobre la constitución apostólica Cum ex
apostolatus del papa Paulo IV (1555-1559). Pero buenos estudios han
demostrado que esta constitución perdió su fuerza jurídica[v]. Lo que sigue siendo válido en
esta constitución es su aspecto dogmático. Y, por consecuencia, no podemos
hacerla decir nada más que lo que dice el argumento teológico examinado
anteriormente.
—
Por lo tanto, el código en la edición de Gasparri (C.I.C. cum fontium
an- notatione, Romæ) se refiere en nota a la constitución Cum ex
apostolatus.
Estas notas del
código en la edición de Gasparri mencionan las fuentes del código. ¡Pero esto
no significa que todas sus fuentes están todavía en vigor! El código de 1917
dice en su canon 6 (5°) que las penas que no son mencionadas en el código son
abrogadas. Ahora bien, la constitución Cum ex apostolatus era
una ley penal, pues infligía la privación de un oficio eclesiástico, y las
penas que preveía no son retomadas en el código.
Hay más: Incluso
antes del nuevo código, san Pío X ya había abrogado la constitución de Paulo IV
por su constitución Vacante sede apostólica del 25 de
diciembre de 1904 (§ 29), que declara nula toda censura que pueda quitar la voz
activa o pasiva a los cardenales del cónclave. Y el canon 160 del código
declara que la elección del papa es regulada únicamente por
esta constitución de San Pío X.
La constitución de
Pío XII del 8 de diciembre de 1945, Vacantis apostolicæ sedis, que
reemplazó la de san Pío X, retoma la misma disposición a este respecto:
“Ningún cardenal
puede ser excluido de ninguna manera de la elección activa y pasiva del
soberano pontífice, bajo ningún pretexto ni por causa de excomunión, de
suspensión, de prohibición o por otro impedimento eclesiástico. Nos levantamos
la suspensión de tales censuras solamente para este género de elección; en
otras ocasiones deben conservar su vigor” (n°34).
—Algunos
sedevacantistas argumentan que el papa actual ha sido consagrado obispo con el
nuevo rito inventado por Paulo VI, rito que consideran inválido; así, Benedicto
XVI no sería obispo ni tampoco papa.
El nuevo rito de
consagración episcopal proviene de una oración que se encuentra en la Tradición
apostólica, una obra cuyo autor sería San Hipólito y dataría de principios
del siglo 3. Incluso si esta atribución es probable, no es admitido por todos:
algunos piensan que se trata de una “compilación anónima que contiene elementos
de diferentes épocas”. En cuanto a san Hipólito, se piensa que fue antipapa
durante algún tiempo antes de reconciliarse con el papa san Ponciano al momento
de su martirio común (en 235). Es de la misma obra que proviene el canon 2 de
la nueva misa.
Sin embargo, esta
oración de consagración es retomada con algunas variantes en dos ritos
orientales, el rito copto utilizado en Egipto, y el rito sirio occidental,
usado especialmente con los maronitas. Esta oración fue adoptada por los
reformadores posconciliares para manifestar la unidad entre las tradiciones de
los tres grandes patriarcados: Roma, Alejandría, Antioquía.
Debido a esta
proximidad con dos ritos católicos, no se puede afirmar que la oración de Paulo
VI sea inválida.
—
¿Es verdad que el nuevo rito de Paulo VI se parece al rito anglicano que fue
declarado inválido por León XIII?
Es verdad que el
rito de Paulo VI se parece al rito anglicano. Pero no al rito condenado por
León XIII. Las iglesias anglicanas y episcopales introdujeron también una nueva
oración consagratoria, tomada de san Hipólito, con el objetivo de tener un rito
aceptable para los católicos, luego de la condenación de las ordenaciones
anglicanas por León XIII.
Los
argumentos a posteriori
—
¿Los sedevacantistas no encuentran una confirmación de su opinión en los
errores del concilio y la nocividad de las leyes litúrgicas y canónicas de la
iglesia conciliar?
En efecto, los
sedevacantistas piensan generalmente que la enseñanza del concilio debió haber
sido cubierta por la infalibilidad del magisterio ordinario universal (MOU), y
como consecuencia, no debería contener error. Pero como hay errores, por
ejemplo sobre la cuestión de la libertad religiosa, concluyen que Paulo VI dejó
de ser papa en ese momento[vii].
En realidad, si
aceptáramos este razonamiento, habría que decir que toda la Iglesia católica
desapareció en ese momento, y que “las puertas del infierno prevalecieron
contra ella”. Pues la enseñanza del magisterio ordinario universal es el de
todos los obispos, de toda la Iglesia enseñante.
Es más simple
pensar que la enseñanza del concilio y de la iglesia conciliar no está cubierto
por la infalibilidad del magisterio ordinario universal por las razones
explicadas en el artículo sobre “la autoridad del concilio” aparecido en Le
Sel de la terre 35 (invierno 2000-2001)
— ¿Podría resumir
lo esencial de esta argumentación?
La razón principal por
la cual la enseñanza conciliar sobre la libertad religiosa (por ejemplo) no
está cubierta por el MOU, es que el magisterio conciliar no se presenta como
enseñante de las verdades a creer o a sostener de manera firme y definitiva[viii]. La enseñanza conciliar no se
presenta ya como “necesaria para la salvación” (es lógico, pues aquellos que la
profesan piensan que uno puede salvarse incluso sin la fe católica).
No estando
impuesta con autoridad, esta enseñanza no está cubierta por la infalibilidad.
Se puede decir la misma cosa de las leyes litúrgicas (la nueva misa; las nuevas
canonizaciones…) y canónicas (el nuevo Derecho canónico…) promulgadas por los
últimos papas: ellas no están cubiertas por la infalibilidad, cuando
normalmente deberían de estarlo[ix].
—
¿Podría explicar lo que significa ser papa « materialiter»?
La principal
dificultad del sedevacantismo, es el de explicar cómo la Iglesia puede
continuar existiendo de manera visible (pues ella recibió de Nuestro Señor la
promesa de durar hasta el fin del mundo), estando privada de jefe.
Los partidarios de
la tesis llamada « de Cassiciacum » inventaron una solución sutil: el papa
actual ha sido nombrado válidamente para ser papa, pero él no puede recibir la
autoridad papal, pues hay en él un obstáculo (“la ausencia de intención
habitual de procurar el bien de la Iglesia”). Él es papa materialiter,
pero no formaliter.
—
¿Podría detallar la argumentación de esta « tesis »?
He aquí la
argumentación resumida por un sacerdote que la profesa:
–
El punto de partida es una inducción: el conjunto de los actos de Paulo VI
(pues en ese entonces era el que residía en Roma) contribuyen a la
destrucción de la religión católica y su sustitución por la religión del hombre
bajo una forma de protestantismo encubierto. De allí viene la certeza que Paulo
VI no tiene la intención habitual de procurar el bien / fin de la Iglesia, que
es Jesucristo plenum gratiæ et veritatis.
–
La intención habitual de procurar el bien de la Iglesia es condición necesaria
(la última disposición) para que un sujeto elegido papa reciba la comunicación
de la autoridad pontifical que lo hace ser con Jesucristo, y
tomar el papel de su Vicario en la tierra.
–
En consecuencia, Paulo VI está desprovisto de toda autoridad pontifical; él no
es papa formaliter; él no es Vicario de Jesucristo. En una palabra,
él no es papa[xi].
–
Para ello es necesario afirmar que si Paulo VI no es papa formaliter,
él sigue siendo, sin embargo, materialiter, como simple sujeto
elegido, sentado sobre la Sede pontifical, ni papa ni antipapa.
—
¿Esta solución resuelve las dificultades del sedevacantismo « puro »?
No resuelve la
principal dificultad del sedevacantismo: ¿Cómo puede la Iglesia continuar
siendo visible? Para algunos partidarios de la “tesis”, ya no hay más jerarquía
en absoluto (“los nombramientos de los cardenales y obispos son actos de la
jurisdicción pontifical, la cual está precisamente ausente y nada puede
reemplazarla”). Para otros, el papa materialiter tendría el poder
(¿cómo?) de constituir una jerarquía materialiter. Pero tal
jerarquía, privada de su “forma”, no es la jerarquía visible de la Iglesia (así
como la jerarquía ortodoxa no es la jerarquía de la Iglesia).
Además, esta
teoría suscita nuevas dificultades –al menos para aquellos que dicen que el
papa materialiter tendría el poder de constituir una jerarquía materialiter-
pues ella supone que el papa materialiter, desprovisto de
autoridad, tuviera al menos suficiente autoridad para cambiar las leyes de la
elección del papa.
—
¿Qué piensa usted de los argumentos sobre los cuales se apoya esta solución?
Esta solución no
está fundada en la Tradición. Los teólogos (Cayetano, San Roberto Belarmino,
Juan de Santo Tomás, etc.) han examinado la posibilidad de un papa hereje, pero
ninguno, antes del concilio, hubiera imaginado esta teoría de “la ausencia de
intención habitual de procurar el bien de la Iglesia” que formaría un “obex”
(impedimento) para recibir “el ser con Cristo”, forma del papado.
Ella juega con una
ambigüedad de la palabra “intención”. Los partidarios de la tesis reconocen que
la intención debe estar en la persona del papa (“esta intención es la última
disposición del sujeto para recibir la comunicación de la autoridad pontifical”),
pero al mismo tiempo, ellos afirman que no se trata de la intención personal
del papa. Nosotros podemos estar de acuerdo con ellos cuando dicen que los
papas recientes perjudican el bien común de la Iglesia –y eso es precisamente
lo que funda el estado de necesidad[xii], pero falta probar que esa es
verdaderamente la intención personal de los papas, y enseguida
que tal intención los priva de la autoridad.
—
¿No tienen razón los sedevacantistas de negarse a nombrar al papa en la misa
para manifestar que no están en comunión (“una cum”) con un hereje (al
menos material) y sus herejías?
La expresión
« una cum » en el canon de la misa no significa que uno se
diga “en comunión” con la persona del papa y sus ideas erróneas, sino que se
pide por la Iglesia “y por” el papa.
Para asegurarse,
además de los sabios estudios realizados sobre la materia, es suficiente leer
la rúbrica del misal para el caso de que un obispo celebre la misa. En efecto,
en este caso, el obispo debe orar por la Iglesia “una cum (…) me
indigno servo tuo”, lo que no quiere decir que él pida “en unión conmigo
mismo, vuestro indigno servidor” (lo que no tiene sentido), sino que pide “y
por mí, vuestro indigno servidor”.
—
¿Qué piensa santo Tomás de Aquino sobre esto?
Santo Tomás de
Aquino, en la Suma Teológica, cuando comenta las oraciones de la
misa (III, q. 83, a. 4, corpus), equipara el “una cum” con
la expresión “et pro”:
Luego el sacerdote
conmemora en silencio [es el principio del Canon], primero por quien el
sacrificio es ofrecido, es decir (es ofrecido) por la Iglesia Universal y por
« aquellos que están constituidos en dignidad” [se trate del papa,
del obispo, del rey]; luego especialmente por los que ofrecen o por quien este
sacrificio se ofrece [es el memento de vivos].
—
¿Pero no dice Santo Tomás de Aquino que, en el canon, no se debe orar por los
herejes?
Santo Tomás no
prohíbe orar por los herejes, sino que constata simplemente que, en las
oraciones del canon de la misa, se pide por aquellos cuya fe es conocida por el
Señor y ha probado su apego (quorum tibi fides cognita est et nota devotio)
(III q. 79, a. 7, ad 2). En efecto, dice él, para que este sacrificio obtenga
su efecto (effectum habet), es necesario que aquéllos por los que se
pide estén “unidos a la pasión de Cristo por la fe y la caridad”. Pero no
prohíbe por lo tanto pedir por una persona no católica. Esta oración no tendrá
la misma eficacia que la oración para un católico, y no está previsto en el
canon.
Lo que podemos
sacar de esta afirmación de Santo Tomás de Aquino, es que si el papa es hereje
(lo que falta por probar), la oración por él no tiene el efecto previsto, « non
habet effectum ».
Conclusión
—
¿Qué reflexión final sacar de estas discusiones?
No conviene
declarar que « el papa ya no es papa » (material o formalmente) en
nombre de una “opinión teológica”. Respecto a esto, lean un interesante
artículo del Padre Hurtaud, aparecido en la Revista Tomista[xiv]. El autor muestra que
Savonarola pensaba que Alejandro VI había sido elegido de manera simoníaca y
que, por esta razón, ya no era papa. Sin embargo, como la invalidez de una
elección simoníaca no era más que una opinión, Savonarola pidió que se
convocara un concilio donde él aportaría la prueba de que Alejandro VI ya no
tenía la fe católica, y de esta manera se hubiera constatado que Alejandro VI
había perdido la jurisdicción suprema.
—
En conclusión, ¿qué se debe pensar del sedevacantismo?
Es una posición
que no ha sido probada al nivel especulativo, y es una imprudencia sostenerla
en el plan práctico (imprudencia que puede tener consecuencias muy graves,
pensamos notablemente en aquellos que se privan de los sacramentos bajo
pretexto que no encuentran un sacerdote que tenga la misma “opinión” que ellos).
Es por eso que Monseñor Lefebvre jamás quiso comprometerse en este camino, e
incluso prohibió a los sacerdotes de su Fraternidad el profesar el sedevacantismo.
Debemos tener confianza de su prudencia y en su sentido teológico.
[ii] — El Profesor
Johannes Dörmann trató de demostrar, en cuatro volúmenes bastante detallados,
que el papa Juan Pablo II profesaba la creencia de la redención universal. Las
recensiones de estas obras aparecieron en Le sel de la terre 5,
16, 33 y 46. Una traducción comentada de la tercera obra fue publicada en Le
Sel de la terre 49, 50, 51 y 52. –En cuanto al papa actual, varios
estudios han demostrado que sus escritos contienen errores graves (ver
especialmente los artículo de Monseñor Tissier de Mallerais “El misterio de
la redención según Benedicto XVI”, Le sel de la terre 67, pág. 22; y “La
foi au péril de la raison”, Le Sel de la terre 69, pág. 10; estos dos
artículos fueron reunidos en el volumen La extraña teología de
Benedicto XVI. Incluso los no católicos se plantean la cuestión de la
fe del papa actual. Ver por ejemplo: Matthew VOGAN, « Does the Pope
believe in the Resurrection? » en el periódico de la iglesia presbiteriana
libre de Escocia, The Free Presbyterian Magazine de septiembre 2010.
[iii] — El libro de
Arnaldo Xavier da Silveira, La Nueva Misa de Paulo VI: ¿qué pensar de
ella? frecuentemente considerada como la referencia sobre la cuestión del
“papa hereje”, presenta de manera imperfecta, en nuestra opinión, la opinión de
estos teólogos (Savonarola, Cayetano, Cano, los Carmes de Salamanque, Juan de
Santo Tomás, Suárez, Billuart, Jounet etc.). Journet dice que los análisis de
Cayetano y de Juan de Santo Tomás sobre este punto son más penetrantes que las
de san Roberto Belarmino. La cuestión sería tomarla integralmente.
[iv] — Para más detalles
sobre esta cuestión, ver el artículo del padre Albert O.P. en Le Sel de
la terre 33 (verano de 2000), pág., 67-68.
[v] — Incluso los
sacerdotes sedevacantistas lo reconocen: «No se puede utilizar la bula de Paulo
IV para probar que, actualmente, la Sede Apostólica se encuentra vacante, sino
solamente para probar la posibilidad de que pueda suceder…” (Padre
RICOSSA, Sodalitium 36, mayo-junio de 1994, pág. 57-58, nota
1)
[vi] — Para más detalles
sobre esta cuestión, ver el estudio ¿Son ellos obispos? Aparecido
en las Editions du Sel, o en el artículo de Le Sel de la terre 54, pág. 72-129.
[vii] — Argumentación del
Padre B : 1. El Magisterio universal del Pontífice romano, solo o con los
obispos unidos a él en concilio, es infalible. 2. Paulo VI, solo y en concilio,
ejerció según todas las apariencias tal magisterio; Juan Pablo II, que continuó
su obra, igualmente. 3. Según todas las apariencias, su enseñanza es infalible.
4. Una contradicción existe entre el contenido de lo que ellos enseñan o
prescriben para la Iglesia universal, y la doctrina definida anteriormente de
una manera irreformable. 5. Siendo que la proposición 1 es de fe, la conclusión
se impone: la enseñanza del Vaticano II promulgada y aplicada por Paulo VI y
confirmada por Juan Pablo II no es la enseñanza de la Iglesia, y ni Paulo VI ni
Juan Pablo II pueden ser reconocidos como papas.
[viii] — Esta carencia del
magisterio conciliar, que le prohíbe enseñar de manera infalible, está
largamente explicada en los artículos del Padre Calderón, publicados en Le
Sel de la terre (nº 47, 55 y 60), y en el libro Autoridad y
recepción del concilio Vaticano II, Actas del 4to Simposio de teología de
París, París, 2006.
[ix] — Sobre estas
cuestiones, véase el artículo del Padre CALDERON, Infalibilidad de las
canonizaciones y de las leyes universales, Le Sel de la terre 72, pág.
36.
[xi] — Sus actos están
entonces desprovistos de toda autoridad, tanto magisterial como canónica; de
pronto, vemos cómo no es imposible que los actos de Paulo VI sean contrarios a
la fe católica e incompatibles con la autoridad pontifical, y que afirmarlo no
es negar las prerrogativas de un papa, en particular su infalibilidad y su
jurisdicción universal e inmediata. –Sin embargo, esta prueba no dice nada de
la persona de Paulo VI, pues la intención que se le niega no es su intención
personal (finis operantis, que está fuera de causa) sino la intención
objetiva que es habitualmente inmanente a sus actos (finis operis). Ella no
permite afirmar que Paulo VI esté personalmente fuera de la Iglesia católica,
por razón de pecado de herejía o de cisma. (Nota del defensor de la tesis).
[xii] — « Para que
haya estado de necesidad, es necesario y es suficiente que el bien común de la
fe católica no sea considerado por las autoridades más que como el objeto de un
simple apego personal. Esto es lo que vemos en el gobierno de los papas Juan
Pablo II y Benedicto XVI. El motu proprio Ecclesia Dei afflicta (1988),
luego el motu propio Summorum pontificum (2007) consideran el
libre uso de la liturgia tradicional como una simple alternativa facultativa, a
la cual se puede recurrir de manera extraordinaria, pero que no debe cuestionar
la nueva liturgia, mucho menos las enseñanzas y reformas del Vaticano II. Esta
herencia del Vaticano II y de la reforma litúrgica es la negación del bien
común de la unidad eclesiástica”. (Padre GLEIZE, Vu de Haut 14 (2008), p.
101-102.