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domingo, 2 de febrero de 2014

SOBRE LA PROHIBICIÓN DE LOS SACRAMENTOS A LOS FIELES DE LA FSSPX.- PARTE 2.

NON POSSUMUS

Segunda parte:

TODA JURISDICCIÓN DEBE PERMANECER
SOMETIDA A LA MORAL

LÍMITES DE LA JURISDICCIÓN QUE SE DERIVAN DE LA MISMA MORAL

¿De qué valen las amenazas o las prohibiciones que la FSSPX parece querer multiplicar? ¿Es posible una evaluación moral?

1.- En cuanto al fondo.

El espíritu de la Iglesia, su moral, su disciplina, son de otra naturaleza. La teología moral está siempre impregnada de justicia y de caridad. Para convencerse, es suficiente consultar buenos autores. Planteamos la pregunta: ¿Estimar que no se debe hacer acuerdos con Roma, en qué sería un pecado público que merece la negación de los sacramentos, cuando el mismo Monseñor Fellay dijo en una conferencia en Kansas City que hubiera sido malo obtener este reconocimiento? “Nosotros agradecemos a la Santísima Virgen, dijo, de habernos preservado de toda clase de acuerdo el año pasado”.Querer cambiar de orientación era, por lo menos, una opción muy dudosa. Por lo tanto, no es pecado rechazar los acuerdos. Escuchemos a Frassinetti:
Para definir que una cosa es pecado, hay que aportar en apoyo de su aserción, un texto evidente de la Sagrada Escritura o una definición de la Iglesia, o el consentimiento universal de los teólogos. (Págs. 26-27).

2. ¿Hay pecado contra el principio de autoridad?

Podemos examinar no el objeto material de la nueva orientación de la Fraternidad, sino el hecho que ésta nueva orientación es exigida por el Superior General. ¿Se le debe obedecer? Esta cuestión nos lleva a preguntarnos si una jerarquía tiene el poder de volver obligatorio lo que es dudoso.

 (…) En las cuestiones controvertidas, los predicadores y los confesores deben evitar definir que una cosa es pecado, y sobre todo pecado mortal, sobre la autoridad de los teólogos o incluso de muchos teólogos; una decisión semejante requiere el consentimiento universal de los autores. Igualmente, un confesor no podría, sin injusticia, negar la absolución a un penitente decidido a actuar de manera contraria a una opinión sostenida por uno o varios teólogos, pero cuestionada por otros teólogos católicos (pág. 27).

Frassinetti todavía es más explícito en el Tomo II, pues él da la razón por la cual negar la absolución sería un abuso de poder sagrado. Tal abuso provoca ciertamente la injusticia.

Tomo II n° 448, p. 123:
« Si un penitente capaz de formar por sí mismo su conciencia quiere seguir una opinión benigna que él tiene por probable, aunque no sea tal a los ojos del confesor, tiene derecho a que se le dé la absolución, a menos que el confesor tenga la seguridad que esta opinión se apoya sobre un fundamento falso. “La razón de esto es que el confesor no es, como el Papa, juez de controversias, sino únicamente de la penitencia que merecen los pecados y de la disposición de los penitentes.
Cuando el penitente ha confesado sus faltas teniendo la convicción de seguir lícitamente una opinión apoyada sobre un fundamento suficientemente sólido para ser verdadero, una opinión ya reputada probable por autores serios, y si este penitente está ciertamente bien dispuesto; tiene el derecho a la absolución y el confesor no puede negársela sin injusticia grave”.

Este párrafo es completado por una nota que va en el mismo sentido:
Nota 141 del n. 448:
Como los confesores no tienen ninguna autoridad para decidir de cuestiones teológicas, encuentro como De Lugo y otros autores citados por San Alfonso, que el penitente tiene evidentemente el poder de poner su opinión en práctica, desde el momento que esta opinión es sostenida por buenos teólogos y que tiene por consecuencia una sólida probabilidad, al menos extrínseca; y esto, aunque el penitente sea el hombre más ignorante del mundo y aunque la opinión le parezca absolutamente falsa al confesor. En efecto, ¿qué fuerza tiene el juicio del confesor sobre la probabilidad de una opinión? Si la opinión es sólidamente probable, sea en virtud de motivos intrínsecos, sea por la razón de la autoridad extrínseca de los buenos teólogos, ¿qué puede contra ella el juicio de un confesor? Aunque ella hubiera sido juzgada falsa por cien confesores, por un concilio diocesano provincial o nacional, ella conservaría su probabilidad hasta que sea condenada por la Iglesia.

El texto nos deja comprender que en ausencia del juicio calificado de la Iglesia, ningún obispo, aunque sea Superior General de la FSSPX, no tiene el derecho de imponer su punto de vista a un penitente que defiende la opinión que sostienen otros teólogos calificados. ¡Muy bien! Pero debemos citar algunos de estos teólogos calificados que sostienen un punto de vista diferente del de Menzingen. Citemos al Padre Chazal, al Padre Girouard, al Padre Pinaud, Padre Rioult y tantos otros que, por el momento, no manifiestan públicamente su desacuerdo pero que no tardarán en hacerlo; sin olvidar a Monseñor Williamson, antiguo Director de seminario, antiguo profesor del padre Bernard Fellay.

El pretexto del bien común, la calificación de “subversivos” impuesta a los que sostienen opiniones contrarias a Menzingen no tienen ningún valor en este caso,  pues el verdadero bien común jamás va en contra de la moral y cuando quieren cambiar de manera disimulada la finalidad de un organismo, es absurdo calificar de subversivos a los que resisten esta subversión insidiosa. La verdad es que la Fraternidad quiere extender su poder. Ella ya no tiene en cuenta la particularidad de su jurisdicción. Ella se cree con derecho de decidir todo en el interior del pequeño mundo que constituyen los fieles y las congregaciones unidas a la Tradición. Perpetuar el sacerdocio, conservar la santa Misa y la doctrina de la Fe, asegurar el apostolado a los fieles, llevarles los sacramentos de Nuestro Señor Jesucristo, son objetivos que ya no satisfacen a algunos. Sueñan en constituir una especie de mini-iglesia beneficiándose de la protección papal, una suerte de diócesis sin fronteras sobre la cual, a ejemplo del imperio de Carlos V, el sol jamás se pone. Estamos lejos, muy lejos de los fundamentos que puso Monseñor Lefebvre. Es por ello que la Fraternidad transgrede los límites de su poder y comete injusticias.

Además, no se trata únicamente de una injusticia hacia los laicos. Negar los sacramentos, no es igual a negar injustamente un seguro financiero o una sala de reuniones. Decidir el uso o la negación de los sacramentos sin jurisdicción específica ni motivo proporcionado ¿no es disponer a su voluntad de un poder divino?

Por lo tanto, planteamos la siguiente pregunta: La obligación creada por la necesidad del fiel, ¿debe ser respetada por el sacerdote? Si la petición del fiel es sin engaño, sin deseo de burlarse del sacerdote (lo que sería evidentemente pecado mortal), entonces sí, el sacerdote debe responder a esta necesidad. Si no lo hace por el motivo de que el laico debe estar de acuerdo con él, el sacerdote contradice su propio sacerdocio que es el Sacerdocio de Cristo. El subordina a sus opciones personales, frágiles y humanas, el Sacerdocio de Cristo.

3. ¿Ha habido desprestigio?

Debemos tratar sobre otro aspecto. ¿No hay, por parte de los fieles, una falta de respeto, un espíritu de sedición, una incitación al desprestigio público pudiendo dañar la reputación de Monseñor Fellay? Pues nadie ignora que todos tienen derecho a su reputación. Un Superior general más que otros. En consecuencia, los fieles que han cuestionado la nueva orientación de la FSSPX, ¿han cometido una injusticia hacia Monseñor Fellay?

Para comprender esta resistencia y esta inquietud de los laicos, hay que recordar que la obtención de una prelatura personal haría depender a la Fraternidad directamente del papa. La declaración firmada por Monseñor Fellay el 15 de abril de 2012 reconoce el magisterio del Soberano Pontífice, la legitimidad de la misa de Paulo VI, el nuevo código canónico, etc. Es por eso que muchas personas en el seno de la tradición, han estimado que Monseñor Fellay, para realizar su quimera, estaba dispuesto a comprometer la fe de los fieles. El superior de la Fraternidad llevó a cabo sus negociaciones a escondidas, en el más grande secreto: había peligro. Como consecuencia, algunos creyeron oportuno advertir a la mayor cantidad de gente posible. ¿Se comete pecado de injusticia? ¿No es más bien Menzingen que, abusando de la confianza de los sacerdotes y de los fieles, comete una injusticia? El engaño continúa hasta ahora, pues se nos dice que no pasó nada.

Esto es lo que dice Frassinetti respecto a la denuncia de personas peligrosas:

La enseñanza más común de los teólogos, es que no se peca mortalmente al revelar en un lugar un delito conocido públicamente en otro lugar, sobre todo si se trata de una persona peligrosa que los habitantes del lugar tienen interés de saber. Ni siquiera se considera que esta revelación sea ni mínimamente culpable, es más bien un acto de caridad; como cuando se trata de un hombre conocido en otra parte por ser un seductor de la juventud. (T I, n° 246, p. 458-459).

Escuchemos a Gousset: « Si se tratara de ciertos crímenes que cometen hombres peligrosos, pensamos que se podría darlos a conocer y señalar a los autores, incluso en lugares alejados en donde no son conocidos, pues se hace por el bien público”. (Nota 86 del n° 246 p. 462).

No hay pecado por parte de los detractores de la nueva orientación. Las represalias tomadas contra ellos es una injusticia adicional.

4. ¿Qué pensar de aquellos que tienen sitios de internet y que se ocultan bajo seudónimos? ¿No es su acción hipócrita, subversiva y por lo tanto pecaminosa?

No hay ninguna subversión al utilizar los métodos necesarios para la resistencia ante un peligro grave. La respuesta a la objeción que critica las precauciones tomadas por los internautas con el fin de preservar su clandestinidad es de las más simples: estos blogueros quieren evitar que se les prive de los sacramentos. Pues al mirar las nuevas orientaciones de la FSSPX, saben que ellos no dejan de ser  pecadores. Ser privados de los sacramentos, es correr el riesgo de permanecer en pecado, incluso mortal. Al recurrir a la FSSPX,  es porque reconocen el poder sacramental de estos sacerdotes y ponen su Salvación antes de otras consideraciones. Los laicos protegen su vida sobrenatural. El motivo es suficiente para que no haya ninguna falta.

Citas del Padre Charles Louis-Richard: 

« El temor justo y fundado de cualquier mal considerable, pérdida de la vida, de los bienes, de la libertad etc. Este temor impide que se incurra en las censuras impuestas contra los violadores de los cánones y preceptos de la Iglesia, cuando esta violación se hizo sin desprecio de la ley eclesiástica y sin escándalo, porque la Iglesia no obliga en estas circunstancias. Pero si se tratara de la violación de un precepto divino o natural, se incurriría en censura a pesar del temor, que no impedirá que se peque mortalmente al violar un precepto de la ley natural o divina y que por esta razón no sería obstáculo a la censura”.

Los métodos sufridos por los Padre Rioult y Pinaud (robo del disco duro de su ordenador para leer su correspondencia privada; la usurpación de identidad para llevar a cabo una investigación para saber cómo piensa tal o cual) demostraron la ausencia de escrúpulos de estos sabuesos al servicio de Menzingen. Es comprensible que uno quiera protegerse de esa gente, a pesar de tener el carácter de sacerdotes de Jesucristo, el cual perdura a pesar de estas torpezas y a los cuales se debe respetar.

Conclusión

En conclusión de nuestra primera parte, vimos que Monseñor Fellay no puede argumentar más que una jurisdicción de suplencia, es decir, de una jurisdicción caso por caso, personal y temporal. No se puede imponer censura cuando no se tiene jurisdicción sobre los fieles. Pues las censuras impuestas, lo son a causa de la resistencia a las maniobras de unión con Roma. Si hubiera efectivamente poder de jurisdicción para obligar al mundo de la tradición a aceptar la nueva orientación de Menzingen, Monseñor Fellay tendría que aportar la prueba. En el caso contrario, si el fiel pide los sacramentos para nutrir su alma, Monseñor Fellay no puede negarse.

En nuestra segunda parte, vimos que la moral prohíbe volver obligatorio lo que es dudoso. Pues la obligación de conciencia de seguir la nueva orientación de la FSSPX es más que dudosa, pues esta orientación es peligrosa. Por lo tanto, no puede haber censura respecto a las personas que rechacen esta orientación. No puede convertirse en condición para la recepción de los sacramentos. Monseñor Fellay y los sacerdotes de la Fraternidad, no pueden sobrepasar el derecho que les confiere su jurisdicción.

Cuando no hay pecado, no puede haber censura. Pues el hecho de denunciar los riesgos reales para la fe, jamás constituirá un pecado. Por lo tanto, no puede haber censura.

Finalmente, dadas las amenazas de negación de sacramentos hacia ciertos fieles, los blogueros se refugian en el anonimato. Allí hay, de su parte, la voluntad de preservar su vida sobrenatural. Este temor impide que se incurra en las censuras. Querer excomulgarlos es una acción desmesurada que no toma en cuenta los riesgos de muerte sobrenatural que conlleva la ausencia de los sacramentos.

Santísima Virgen María, Madre de los sacerdotes del mundo entero, ruega por los sacerdotes de la FSSPX, por aquellos que apoyan estos abusos y por aquellos que sufren al ver las desviaciones de su institución.

Antoine-Marie Paganelli